Closer - Sulfoxaflor 12 % insecticida sistémico para pulgón y mosca blanca
Closer de Corteva es un insecticida profesional a base de sulfoxaflor 12 % diseñado para el control de insectos chupadores.
Destaca por combinar actividad por contacto e ingestión con movimiento translaminar y sistémico, proporcionando una respuesta rápida frente a plagas como pulgones y moscas blancas, incluso cuando parte de la población se encuentra protegida en el interior de la vegetación o en el envés de las hojas.
Closer puede disponer temporalmente de autorizaciones excepcionales para determinados cultivos y plagas. Estas autorizaciones dependen de la comunidad autónoma, cultivo, plaga y periodo autorizado y deben comprobarse siempre antes de la aplicación.
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Closer: sulfoxaflor 12 % para el control profesional de insectos chupadores
Closer es un insecticida profesional de Corteva formulado con sulfoxaflor al 12 % p/v, equivalente a 120 g/L, desarrollado específicamente para el control de diferentes grupos de insectos chupadores.
Su principal territorio técnico se encuentra en plagas como:
- Pulgones.
- Moscas blancas.
- Trips y Scirtothrips.
- Determinados chinches y heterópteros en usos autorizados.
- Cochinillas, cotonet y pseudocóccidos cuando exista autorización específica.
- Otros insectos chupadores contemplados en autorizaciones excepcionales vigentes.
Closer combina una rápida actividad insecticida con movimiento dentro de los tejidos vegetales, lo que permite trabajar sobre poblaciones que no siempre quedan completamente expuestas a una pulverización puramente de contacto.
Sulfoxaflor 12 %: una sulfoximina del grupo IRAC 4C
Closer contiene:
- Sulfoxaflor: 12 % p/v.
- 120 g/L de sulfoxaflor.
- Formulación: SC, suspensión concentrada.
- Familia química: sulfoximinas.
- Clasificación IRAC: Grupo 4C.
- Número de registro: ES-00461.
- Uso: profesional.
¿Es sulfoxaflor un neonicotinoide?
No.
Aunque comparte con los neonicotinoides la actuación sobre los receptores nicotínicos de acetilcolina, el sulfoxaflor pertenece a una familia química diferente:
las sulfoximinas.
IRAC lo clasifica específicamente dentro del:
Grupo 4C.
Esta diferenciación es importante desde el punto de vista del manejo de resistencias.
Modo de acción de Closer
El sulfoxaflor actúa sobre el sistema nervioso de los insectos modulando los receptores nicotínicos de acetilcolina (nAChR).
Cuando el insecto recibe una dosis efectiva se altera rápidamente la transmisión nerviosa normal, produciéndose:
- Interrupción de la alimentación.
- Alteraciones de coordinación.
- Parálisis.
- Muerte del insecto.
Actividad por contacto e ingestión
Closer presenta actividad:
por contacto e ingestión.
Esto significa que el insecto puede recibir la materia activa tanto directamente durante la pulverización como posteriormente al alimentarse de tejidos tratados.
Esta doble vía de exposición resulta especialmente interesante frente a pulgones, moscas blancas y otros insectos chupadores.
Movimiento translaminar y sistémico
Uno de los aspectos técnicos más interesantes de Closer es su capacidad de movimiento dentro del tejido vegetal.
Presenta:
- Actividad translaminar.
- Movimiento sistémico.
La actividad translaminar permite que la materia activa atraviese el tejido de la hoja, aumentando la posibilidad de alcanzar insectos localizados en el envés.
Su movilidad dentro de la planta mejora además la distribución respecto a un insecticida limitado exclusivamente al depósito superficial.
Especialmente interesante contra plagas difíciles de alcanzar
Los insectos chupadores suelen localizarse precisamente en las zonas donde un tratamiento de contacto tiene mayores dificultades:
- Envés de las hojas.
- Brotes tiernos.
- Interior de plantas densas.
- Hojas jóvenes.
- Colonias protegidas dentro de la vegetación.
El movimiento translaminar y sistémico de sulfoxaflor aporta una ventaja agronómica importante en estas situaciones.
Closer contra pulgón
El pulgón constituye uno de los principales objetivos de Closer.
Dentro de los distintos cultivos y autorizaciones se encuentran especies pertenecientes a Aphididae como:
- Aphis gossypii.
- Myzus persicae.
- Macrosiphum euphorbiae.
- Nasonovia ribisnigri.
- Brevicoryne brassicae.
- Otras especies según cultivo y autorización vigente.
El tratamiento resulta especialmente interesante cuando se realiza al inicio de la infestación, antes de que las colonias alcancen densidades elevadas.
Rápido cese de alimentación
Una característica agronómicamente muy relevante del sulfoxaflor es la rápida reducción de la actividad alimenticia de los insectos sensibles.
Esto cobra especial importancia frente a pulgones y moscas blancas, porque el daño no termina simplemente con la presencia física del insecto.
Mientras continúa alimentándose:
- Extrae savia.
- Debilita la planta.
- Puede producir melaza.
- Puede contribuir a la transmisión de determinados virus vegetales cuando actúa como vector.
Closer no es un producto contra virus, pero una rápida interrupción de la alimentación del vector puede formar parte de una estrategia destinada a reducir el riesgo de transmisión.
Closer contra mosca blanca
Otro territorio prioritario de Closer es el control de moscas blancas.
Su registro permanente incluye Aleyrodidae en diferentes cultivos de invernadero.
Entre las especies más relevantes en agricultura intensiva se encuentran:
- Bemisia tabaci.
- Trialeurodes vaporariorum.
La combinación de ingestión, contacto y movimiento translaminar resulta especialmente lógica frente a una plaga que se localiza predominantemente en el envés foliar.
Closer en tomate
El registro permanente de Closer contempla en tomate de invernadero:
- Pulgones.
- Moscas blancas.
Dosis:
0,2–0,4 L/ha.
Volumen de caldo:
500–1.500 L/ha.
Se autorizan:
1–2 aplicaciones, respetando un intervalo de 7 días y sin superar la dosis máxima anual establecida.
Closer en pimiento
En pimiento de invernadero dispone de usos frente a:
- Pulgones.
- Moscas blancas.
- Chinches y heterópteros como uso secundario.
Dosis general:
0,2–0,4 L/ha.
Closer en berenjena
En berenjena cultivada en invernadero está autorizado frente a:
- Pulgones.
- Moscas blancas.
- Determinados heterópteros como uso secundario.
Siempre respetando las condiciones del registro vigente.
Closer en cucurbitáceas
El registro incluye también cucurbitáceas de invernadero frente a:
- Pulgones.
- Moscas blancas.
Con dosis de:
0,2–0,4 L/ha.
Closer en ornamentales
Closer dispone además de usos en:
- Ornamentales herbáceas.
- Arbustos.
- Pequeños árboles ornamentales.
principalmente frente a:
- Pulgones.
- Moscas blancas.
- Determinados heterópteros.
Autorizaciones excepcionales de Closer
Este apartado es especialmente importante.
Además de sus usos permanentes inscritos en el Registro Oficial, los productos formulados con sulfoxaflor 12 % SC pueden recibir autorizaciones excepcionales temporales para controlar determinadas plagas en cultivos que no forman parte de su registro ordinario.
Estas autorizaciones se conceden conforme al artículo 53 del Reglamento (CE) 1107/2009 y tienen carácter:
- Temporal.
- Limitado.
- Específico para determinados cultivos.
- Específico para determinadas plagas.
- Específico para determinadas comunidades autónomas.
- Sujeto a unas condiciones concretas de aplicación.
¿Para qué cultivos puede existir una autorización excepcional?
En diferentes campañas se han concedido autorizaciones excepcionales para formulados de sulfoxaflor 12 % en cultivos como:
- Cítricos.
- Caqui.
- Granado.
- Apio.
- Brócoli.
- Coliflor.
- Repollo.
- Col china.
- Lechuga y cultivos similares.
- Otros cultivos que puedan incorporarse mediante futuras resoluciones.
La aparición de un cultivo en esta relación no significa que exista una autorización vigente en este momento.
Closer contra Scirtothrips
En determinadas campañas se han autorizado excepcionalmente productos con sulfoxaflor 12 % frente a:
Scirtothrips spp.
en determinados cultivos y comunidades autónomas.
Este uso ha adquirido especial importancia por el incremento de la presión de diferentes especies de Scirtothrips en cultivos mediterráneos.
Antes de cualquier aplicación es obligatorio confirmar que exista una autorización excepcional vigente para:
- El cultivo concreto.
- La especie o grupo de plaga.
- La comunidad autónoma.
- El periodo en el que se pretende realizar el tratamiento.
Closer en cítricos
Los formulados de sulfoxaflor han contado en diferentes campañas con autorizaciones excepcionales en cítricos frente a plagas como:
- Pseudococcidae spp.
- Pulvinaria polygonata.
- Moscas blancas.
- Scirtothrips spp.
Sin embargo, los usos pueden variar entre comunidades autónomas.
Un cultivo o una plaga autorizados en una comunidad autónoma no tienen por qué estarlo en otra.
Closer contra cotonet y cochinillas
El sulfoxaflor presenta un posicionamiento técnico especialmente interesante frente a determinados insectos chupadores pertenecientes a:
Pseudococcidae.
En diferentes autorizaciones excepcionales se han contemplado usos frente a este grupo de plagas en cultivos como cítricos, caqui o granado.
Debe comprobarse siempre la resolución vigente antes de realizar el tratamiento.
Closer en caqui
Los formulados de sulfoxaflor 12 % han recibido autorizaciones excepcionales frente a determinadas combinaciones de:
- Pseudococcidae.
- Mosca blanca.
- Scirtothrips spp.
Las condiciones han variado según la comunidad autónoma, por lo que no debe extrapolarse automáticamente un uso de una zona productora a otra.
Closer en granado
También se han publicado autorizaciones excepcionales de sulfoxaflor para determinadas plagas en granado.
Como ocurre con el resto de usos excepcionales, debe comprobarse:
- Cultivo.
- Plaga.
- Comunidad autónoma.
- Dosis.
- Número máximo de tratamientos.
- Plazo de seguridad.
- Periodo exacto de vigencia.
Las autorizaciones excepcionales cambian durante la campaña
Una autorización excepcional puede:
- Publicarse.
- Ser modificada posteriormente.
- Incorporar nuevas comunidades autónomas.
- Modificar las fechas de utilización.
- Añadir o retirar determinados cultivos o plagas.
Por este motivo, Abonica no recomienda basar una decisión de tratamiento únicamente en la información histórica de esta ficha comercial.
Consulta siempre la autorización vigente
Antes de utilizar Closer en un cultivo mediante una autorización excepcional, el usuario debe comprobar la resolución oficial vigente en la fecha de aplicación.
Debe verificarse expresamente:
- Que la autorización continúa vigente.
- Que incluye la comunidad autónoma donde se encuentra la explotación.
- Que incluye el cultivo.
- Que incluye la plaga objetivo.
- Que la aplicación se encuentra dentro del periodo autorizado.
- La dosis autorizada.
- El número máximo de aplicaciones.
- El plazo de seguridad.
- Cualquier restricción adicional.
Si tienes cualquier duda sobre una autorización excepcional de Closer, consulta al departamento técnico de Abonica antes de realizar el tratamiento.
Closer y manejo de resistencias
Closer pertenece al grupo IRAC 4C.
El registro oficial insiste en una correcta estrategia de gestión de resistencias.
Entre las principales recomendaciones se encuentran:
- Rotar con insecticidas de diferente modo de acción.
- No controlar una plaga multigeneracional únicamente con productos del Grupo 4.
- Respetar las dosis autorizadas.
- Respetar el número máximo de aplicaciones.
- Tratar preferentemente al inicio de las infestaciones.
- Monitorizar la evolución de las poblaciones.
- Integrar métodos biológicos, físicos y agronómicos.
Por qué sulfoxaflor es especialmente interesante en una rotación
El sulfoxaflor pertenece a las sulfoximinas y está incluido en el Grupo 4C, mientras que materias activas como acetamiprid pertenecen al Grupo 4A y flupiradifurona al Grupo 4D.
Esta diferenciación química resulta interesante dentro de una estrategia profesional, aunque no debe confundirse con una licencia para repetir indefinidamente insecticidas del Grupo 4.
La rotación debe realizarse preferentemente con modos de acción realmente distintos.
Compatibilidad con control biológico
El registro permanente indica compatibilidad con poblaciones establecidas de:
Amblyseius swirskii.
Sin embargo, establece un periodo de:
21 días antes de introducir himenópteros auxiliares del género Aphidius
después del tratamiento.
Esto debe tenerse especialmente en cuenta en programas de producción integrada y control biológico en invernadero.
Polinizadores
El registro establece medidas específicas de protección:
proteger o retirar las colonias de insectos polinizadores durante el tratamiento y durante los 5 días siguientes.
Las autorizaciones excepcionales pueden establecer restricciones adicionales, incluida la prohibición de aplicación durante floración.
Dosis de Closer en los usos permanentes registrados
En los usos ordinarios actualmente registrados en invernadero, la dosis se sitúa generalmente entre:
0,2 y 0,4 L/ha.
Es decir:
- 200 ml/ha.
- hasta 400 ml/ha.
dependiendo de la plaga, cultivo, número de aplicaciones y condiciones específicas.
Las autorizaciones excepcionales pueden establecer dosis diferentes o condiciones propias y deben consultarse por separado.
Plazo de seguridad en tomate, pimiento, berenjena y cucurbitáceas
Para los usos permanentes registrados en estos cultivos de invernadero:
1 día.
Este dato no debe extrapolarse a una autorización excepcional.
Principales ventajas técnicas de Closer
- Sulfoxaflor 12 %.
- Grupo IRAC 4C.
- Familia química de las sulfoximinas.
- Especialista en insectos chupadores.
- Gran posicionamiento frente a pulgón.
- Actividad frente a mosca blanca.
- Actividad por contacto e ingestión.
- Movimiento translaminar.
- Movimiento sistémico.
- Rápida interrupción de la alimentación.
- Capacidad de alcanzar plagas situadas en zonas de difícil contacto.
- Interesante herramienta dentro de programas de manejo de resistencias.
- Puede disponer de autorizaciones excepcionales adicionales en determinadas campañas.
Preguntas frecuentes sobre Closer
¿Qué es Closer?
Closer es un insecticida profesional de Corteva formulado con sulfoxaflor 12 %.
¿Qué grupo IRAC tiene Closer?
El sulfoxaflor pertenece al Grupo IRAC 4C, familia de las sulfoximinas.
¿Closer es un neonicotinoide?
No. Sulfoxaflor pertenece a las sulfoximinas, aunque actúa sobre los receptores nicotínicos de acetilcolina.
¿Closer sirve contra pulgón?
Sí. El control de pulgones constituye uno de sus principales usos profesionales.
¿Closer sirve contra mosca blanca?
Sí. Dispone de usos permanentes frente a mosca blanca en diferentes cultivos de invernadero.
¿Closer es sistémico?
Sí. El sulfoxaflor presenta movimiento sistémico y actividad translaminar.
¿Closer tiene efecto rápido?
Sí. Una de sus características técnicas más interesantes es la rápida interrupción de la alimentación del insecto.
¿Closer sirve contra Scirtothrips?
El sulfoxaflor ha recibido autorizaciones excepcionales temporales frente a Scirtothrips spp. en determinados cultivos y comunidades autónomas. Debe comprobarse la autorización vigente antes de utilizarlo.
¿Closer sirve para cítricos?
Puede existir autorización excepcional para determinados usos en cítricos. La autorización puede variar según la comunidad autónoma, plaga y periodo del año.
¿Closer sirve contra cotonet?
Los productos con sulfoxaflor 12 % han contado con autorizaciones excepcionales frente a Pseudococcidae spp. en determinados cultivos. Es obligatorio confirmar que exista una autorización vigente.
¿Closer está autorizado en caqui?
Ha dispuesto de autorizaciones excepcionales en caqui para determinadas plagas y comunidades autónomas. Debe comprobarse la resolución actualmente vigente.
¿Closer puede utilizarse en granado?
Se han concedido autorizaciones excepcionales de sulfoxaflor en granado. La posibilidad de aplicación depende de la resolución vigente en cada momento.
¿Qué dosis tiene Closer?
En los principales usos permanentes de invernadero se utilizan 0,2–0,4 L/ha. Las autorizaciones excepcionales pueden establecer condiciones específicas diferentes.
¿Hace falta carnet para comprar Closer?
Sí. Closer es un producto fitosanitario de uso profesional.
¿Cómo sé si existe una autorización excepcional activa?
Debe comprobarse la resolución oficial del Ministerio de Agricultura y, cuando proceda, la información publicada por el servicio de sanidad vegetal de la comunidad autónoma correspondiente.
Si tienes dudas, puedes consultar al departamento técnico de Abonica antes de realizar la aplicación.
Comprar Closer sulfoxaflor 12 %
En Abonica puedes comprar Closer de Corteva, insecticida profesional con sulfoxaflor 12 % especialmente indicado para programas de control de pulgones, moscas blancas y otros insectos chupadores.
Su combinación de rapidez de acción, actividad por contacto e ingestión, movimiento translaminar y sistemia lo convierte en una herramienta especialmente interesante cuando se necesita controlar plagas localizadas en zonas difíciles de alcanzar mediante productos exclusivamente de contacto.
Además, sulfoxaflor es una materia activa que periódicamente puede adquirir un valor todavía mayor gracias a autorizaciones excepcionales para cultivos y plagas concretos.
Antes de utilizar Closer bajo una autorización excepcional, comprueba siempre que el cultivo, la plaga, tu comunidad autónoma y la fecha de aplicación estén expresamente incluidos en una resolución vigente.
Información importante sobre autorizaciones excepcionales
Las autorizaciones excepcionales son temporales y pueden cambiar durante la campaña.
La información sobre autorizaciones excepcionales incluida en esta ficha tiene carácter orientativo y no sustituye a la correspondiente resolución oficial.
La responsabilidad de comprobar que el uso se encuentra legalmente autorizado en la fecha y lugar de aplicación corresponde al usuario profesional.
Si tienes dudas sobre la utilización de Closer en un cultivo concreto, consulta al departamento técnico de Abonica antes de realizar el tratamiento.
Información de seguridad
Producto fitosanitario de uso profesional.
Utilizar únicamente para los cultivos, plagas y condiciones contemplados en el Registro Oficial o en una autorización excepcional vigente.
Respetar las medidas de protección del aplicador, trabajador, organismos acuáticos, polinizadores y fauna auxiliar establecidas en la documentación oficial.
Utilice los productos fitosanitarios de forma segura. Lea siempre la etiqueta y la información del producto antes de usarlo.
- Composición
- Sulfoxaflor 12%
- Estado
- Suspensión concentrada
- Autorizado en zonas afectadas por la ley 3/2020 de protección del Mar menor
- Sí
- Plagas
- Pulgón, mosca blanca, trips, chinches, cochinillas, cotonet
- Cultivos
- Hortícolas y frutales (consultar hoja de registros)
- Dosis aplicación foliar
- De 200 a 400 cc/1000L
- Nº de registro
- ES-00461
- Plazo de seguridad
- De 0 a 1 día
- Acción del producto
- Insecticida
Condiciones de adquisición y suministro de fitosanitarios de uso profesional
1. Identificación de la entidad suministradora
La entidad suministradora y facturadora es Abonica EAR, con CIF E26966002, domicilio en calle jardín nueva espuña 9C de Alhama de Murcia, España.
Los datos completos de identificación, establecimiento y contacto se encuentran disponibles en el Aviso legal de esta web.
Estas condiciones regulan los requisitos específicos aplicables a la habilitación del cliente, la adquisición, la recepción y el suministro de productos fitosanitarios de uso profesional. Se complementan con las condiciones generales que correspondan a cada operación y no sustituyen las disposiciones legales obligatorias.
2. Destinatarios y alcance de la habilitación
Los productos identificados como de uso profesional están sujetos a requisitos específicos de capacitación y suministro.
Abonica diferencia la actuación del usuario profesional, la empresa de tratamientos y el operador del sector suministrador. La inscripción en una de estas actividades no acredita automáticamente la habilitación para las demás.
Cuando el destinatario sea una empresa o explotación, se identificarán separadamente la entidad para la que se realiza la operación y la persona habilitada que interviene en su nombre.
La condición de cliente profesional en la tienda no sustituye la comprobación de la actividad, la capacitación o la representación necesarias para una operación concreta.
3. Validación inicial mediante tecnología propia
El acceso a la adquisición de productos profesionales permanece bloqueado para las cuentas que no hayan superado el procedimiento de validación.
Abonica ha desarrollado una herramienta propia que consulta la información oficial disponible y contrasta la correspondencia entre los datos identificativos facilitados, la titularidad del carné, el nivel de capacitación y su fecha de caducidad.
Cuando la comprobación resulta favorable, se habilita individualmente la cuenta del cliente.
Esta habilitación está vinculada a la persona comprobada y a los datos incorporados a su expediente. No constituye una homologación administrativa de la cuenta ni una autorización para adquirir cualquier producto o realizar cualquier tratamiento.
La consulta informática no sustituye la comprobación de la identidad de quien actúa. Cuando existan discrepancias, indicios de suplantación o dudas justificadas, Abonica podrá solicitar documentación o realizar verificaciones adicionales proporcionadas a la incidencia.
4. Actualización de las comprobaciones y bloqueo de la cuenta
Antes de cada nuevo suministro se actualizará la comprobación de la habilitación exigible. Se conservará constancia de la fecha, el resultado y, cuando proceda, de la revisión efectuada.
La caducidad del carné determinará el bloqueo automático de la cuenta para nuevas adquisiciones profesionales. También podrá suspenderse su habilitación cuando se detecten cambios de situación, discrepancias de identidad, falta de representación u otras circunstancias que impidan acreditar los requisitos necesarios.
Una consulta incompleta o un fallo técnico no se considerarán, por sí solos, prueba definitiva de falta de habilitación. En esos casos, la operación quedará pendiente de revisión y no se liberará el suministro mientras no pueda completarse la comprobación.
El cliente podrá solicitar la revisión del resultado y aportar documentación actualizada mediante los canales de atención de Abonica.
Los controles se realizarán aprovechando la información válida ya incorporada al expediente, evitando solicitar nuevamente documentos que sigan siendo suficientes. Solo se requerirá intervención adicional del cliente cuando resulte necesaria para completar o actualizar la verificación.
5. Modalidad de contratación y alcance de las herramientas digitales
La utilización de herramientas digitales para identificar al cliente, gestionar documentación o tramitar operaciones no modifica las modalidades de contratación permitidas por la normativa.
El artículo 14 del Real Decreto 285/2021 limita la venta a distancia a los productos de uso no profesional. Su artículo 3 excluye de esa definición las ventas entre suministradores. La inscripción en el ROPO y la validación del carné no crean una excepción adicional para las ventas a usuarios finales o empresas de tratamientos.
La modalidad aplicable deberá corresponderse con la condición real de las partes y con la forma efectiva de celebración de la operación.
La habilitación de una cuenta, el registro de un pedido o la recepción de un importe no dispensan del cumplimiento de los requisitos legales de contratación y suministro.
6. Comprobaciones de la operación e incidencias
Antes de liberar el suministro, Abonica comprobará los requisitos relativos al destinatario, la persona interviniente, la capacitación, la representación y las condiciones particulares del producto.
Cuando una operación requiera documentación específica, aclaraciones sobre su destinatario o acreditación adicional, se informará al cliente de lo necesario para resolverla.
Si no fuera posible completar un requisito obligatorio o suministrar legalmente el producto, se comunicará la incidencia y se cancelará la parte afectada, con devolución de los importes correspondientes a los productos y servicios no prestados, sin imponer su sustitución por un saldo para futuras compras.
No se sustituirán productos, presentaciones o cantidades por otros diferentes sin conocimiento y aceptación del cliente.
La suspensión de una operación no implicará automáticamente la cancelación de otras adquisiciones que puedan ejecutarse de forma independiente y conforme a sus propias condiciones.
7. Titularidad de la cuenta y representación
El cliente debe facilitar información veraz y mantener actualizados sus datos identificativos y de contacto.
La cuenta no podrá emplearse para realizar adquisiciones por cuenta de terceros no identificados ni para atribuir a otra persona la capacitación de su titular.
Cuando se actúe en representación de una empresa o explotación, deberán identificarse la entidad representada y la persona que interviene, y acreditarse la representación necesaria.
Abonica podrá conservar en el expediente las autorizaciones válidas para operaciones posteriores, dentro de su alcance y vigencia. El representante deberá comunicar su revocación, modificación o pérdida de facultades antes de nuevas operaciones.
Los cambios de titular, representante o persona habilitada no se considerarán una simple modificación de dirección y podrán requerir una nueva comprobación.
8. Identificación y autorización del receptor
La persona que reciba los productos deberá estar identificada y reunir los requisitos exigibles. Cuando actúe por cuenta de una persona jurídica o del titular de una explotación, deberá acreditar su autorización para efectuar la recepción.
La dirección de recepción podrá ser distinta de la de facturación, siempre que se mantenga correctamente identificada la operación y se hayan comprobado los datos y facultades del receptor.
La designación de un tercero deberá comunicarse antes de la entrega. Una indicación genérica como «entregar a cualquier persona disponible» no sustituirá esa identificación.
La recepción se documentará mediante el justificante correspondiente. No se autorizará el depósito de productos profesionales en lugares sin vigilancia ni la entrega a personas diferentes de las comprobadas sin resolver previamente el cambio.
La intervención de un transportista no elimina los controles sobre el destinatario final ni convierte a cualquier persona presente en el domicilio en receptor autorizado.
9. Información técnica y atención profesional
En la venta estará disponible personal con la capacitación exigible para informar sobre utilización, riesgos, seguridad y recogida de envases.
Abonica combina esta atención con herramientas propias de verificación y gestión documental. El software apoya el control administrativo, pero no sustituye las funciones del personal técnico.
Cuando se solicite una recomendación individualizada, el cliente deberá facilitar información suficiente sobre el cultivo, el problema observado y las circunstancias relevantes. La recomendación se limitará a los datos disponibles y al alcance de la consulta.
La información de una ficha comercial no equivale, por sí sola, a un diagnóstico de la explotación, una visita técnica o un documento individualizado de asesoramiento en gestión integrada de plagas.
La adquisición del producto tampoco supone la contratación de su aplicación. Cualquier servicio específico de asesoramiento o tratamiento se identificará y documentará separadamente, indicando quién lo presta, su alcance y las funciones asumidas.
10. Autorización del producto y condiciones de utilización
La identificación del producto se realizará por su denominación y número de registro, junto con los demás datos necesarios para su trazabilidad.
El usuario deberá comprobar que el tratamiento previsto se corresponde con las condiciones legalmente autorizadas. La semejanza entre formulados, sustancias activas o nombres comerciales no permite trasladar automáticamente los usos de un producto a otro.
Deberán respetarse los cultivos, organismos objetivo, ámbitos, dosis, métodos, número e intervalo de aplicaciones, plazos de seguridad y medidas de protección aplicables.
La asistencia técnica y la información comercial no amplían esas autorizaciones. En caso de discrepancia, se aplicarán las condiciones legalmente vigentes y Abonica revisará la información afectada.
El cliente deberá detener la utilización prevista y consultar antes de aplicar cuando detecte una discrepancia relevante o no pueda confirmar que el uso es admisible. Las obligaciones relativas al empleo correcto del producto corresponden a quien realiza o dirige su utilización, sin excluir las responsabilidades propias del suministrador.
11. Cambios de autorización, retiradas y fechas límite
Las modificaciones, retiradas o restricciones de una autorización pueden afectar a la comercialización y a la utilización del producto de forma diferente. Los plazos y condiciones aplicables serán los establecidos en la resolución correspondiente; no se presumirá la existencia de un periodo general de gracia.
Cuando Abonica detecte un cambio que afecte a una operación pendiente, revisará su viabilidad antes del suministro.
Los campos informativos sobre fechas límite de venta o utilización deberán interpretarse conforme a la resolución aplicable. No permiten vender o usar el producto después de la fecha legalmente establecida.
Si una incidencia afecta a un producto ya suministrado, se atenderá a su naturaleza, a las instrucciones oficiales y a las obligaciones que correspondan a cada parte. Una retirada administrativa no se tratará mediante una exclusión automática y general de cualquier reclamación del cliente.
12. Condiciones territoriales y protección del Mar Menor
Cuando el producto vaya a utilizarse en el ámbito territorial de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, deberán observarse también las obligaciones y limitaciones aplicables a la parcela, la actividad y el tratamiento concreto.
Las menciones informativas de esta web relacionadas con el Mar Menor no constituyen una autorización individual del tratamiento ni una certificación de conformidad de la explotación.
Para una recomendación técnica que dependa de restricciones territoriales, el cliente deberá facilitar la localización y los datos relevantes de la superficie afectada.
Las referencias a agricultura ecológica, producción integrada u otros sistemas de producción tampoco sustituyen la comprobación de sus requisitos particulares.
13. Procedencia, conservación y gestión de residuos
Abonica se abastece mediante proveedores habilitados y canales legales de distribución para el mercado español. Por política de aprovisionamiento, no comercializa productos amparados por permisos de comercio paralelo.
El cliente deberá conservar el producto conforme a su etiquetado y a los requisitos aplicables a su actividad, manteniendo su identificación y evitando accesos o manipulaciones por personas no habilitadas.
Los envases vacíos, restos y productos que deban desecharse se entregarán mediante el sistema de recogida o gestor que corresponda. No deberán reutilizarse para otros fines ni eliminarse mediante vertidos o procedimientos incompatibles con su clasificación e instrucciones.
Abonica facilitará información sobre la gestión de envases y atenderá las consultas relacionadas con incidencias de conservación o identificación.
14. Trazabilidad y documentación de los suministros
Cada suministro se documentará de forma que permita relacionar a las partes intervinientes con el producto, número de registro, lote, cantidad y fecha de la operación.
La información exigible se incorporará a los registros correspondientes y se comunicará mediante RETO o el sistema administrativo que resulte aplicable. La comprobación de la habilitación del cliente y el registro de la transacción son actuaciones diferenciadas.
El expediente podrá incluir el resultado de las verificaciones, las autorizaciones de representación, los justificantes de recepción y las incidencias resueltas.
La documentación se conservará durante los plazos legalmente exigibles. Los registros de productos comercializados por suministradores están sujetos al plazo mínimo de cinco años establecido en el artículo 67 del Reglamento 1107/2009, sin perjuicio de otras obligaciones de conservación.
El cliente deberá comunicar los errores que advierta en la documentación para que puedan revisarse y, cuando corresponda, rectificarse.
15. Cancelaciones, devoluciones y reclamaciones
Las solicitudes de modificación o cancelación se tramitarán según el estado de la operación, sus condiciones particulares y los derechos legalmente aplicables.
La posesión de un carné profesional no determina, por sí sola, la condición de consumidor de una persona en todas sus compras. En las adquisiciones realizadas dentro de una actividad empresarial o profesional no se aplica el derecho de desistimiento previsto para consumidores, sin perjuicio de lo pactado y de los derechos derivados de un incumplimiento.
Los productos incorrectos, defectuosos, dañados o afectados por una incidencia deberán comunicarse a Abonica tan pronto como se detecte el problema. Se facilitarán instrucciones para su comprobación y, cuando proceda, recogida o devolución.
No deberán remitirse productos fitosanitarios por medios incompatibles con sus condiciones de transporte.
La petición de conservar fotografías, embalajes o justificantes tiene como finalidad facilitar la investigación de la incidencia y no supone una renuncia a los derechos que correspondan legalmente.
16. Obligaciones y responsabilidades de las partes
Abonica responderá de las obligaciones que le correspondan como suministradora y de las actuaciones que se encuentren efectivamente bajo su responsabilidad.
El cliente responderá de la veracidad de la información que facilite, de su representación y de las obligaciones que le correspondan en la recepción, custodia y utilización.
La intervención de un asesor, aplicador, representante o transportista no elimina las obligaciones propias de los demás intervinientes.
La información técnica no constituye una garantía incondicional de resultados agronómicos. Esta precisión no excluye la responsabilidad por información incorrecta, recomendaciones negligentes, defectos del producto u otros incumplimientos que resulten imputables a quien corresponda.
La aceptación de estas condiciones no supone una exoneración general de responsabilidad ni una renuncia a derechos irrenunciables. Cada parte responderá conforme a sus actuaciones y a la normativa aplicable.
17. Protección de datos y revisión de comprobaciones
Abonica EAR tratará los datos necesarios para gestionar la relación con el cliente, comprobar los requisitos de habilitación y representación, documentar los suministros y cumplir las obligaciones de trazabilidad.
Las bases jurídicas aplicables serán el cumplimiento de obligaciones legales y la gestión de la relación contractual o precontractual, según la finalidad de cada tratamiento. La información ampliada se encuentra en la Política de privacidad.
Se limitarán los datos y documentos solicitados a los necesarios para cada finalidad. El acceso a los expedientes estará restringido y su conservación se ajustará a los plazos y obligaciones correspondientes. La baja de una cuenta no implicará eliminar inmediatamente documentación cuya conservación sea obligatoria.
El sistema utiliza comprobaciones automatizadas sobre los datos identificativos y la habilitación profesional. El cliente podrá solicitar la revisión por una persona del equipo responsable, comunicar errores y aportar documentación actualizada. La revisión no permitirá dispensar requisitos legales, pero sí corregir datos o resolver incidencias.
Los derechos de protección de datos podrán ejercerse mediante los canales establecidos en la Política de privacidad, sin perjuicio del derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
18. Aceptación, versiones y actualización del procedimiento
Estas condiciones estarán disponibles para su consulta y conservación. La aceptación se vinculará a la cuenta o a la operación correspondiente, dejando constancia de la versión aplicable.
Abonica revisará sus herramientas y procedimientos para adaptarlos a los cambios técnicos, documentales y normativos que afecten a la actividad.
Las modificaciones contractuales no se aplicarán retroactivamente en perjuicio del cliente. Lo anterior no impedirá aplicar las disposiciones obligatorias o decisiones administrativas que afecten a un suministro o utilización.
La actualización tecnológica tiene por finalidad mejorar la comprobación y la trazabilidad, sin sustituir las decisiones de las autoridades competentes ni las funciones del personal habilitado.
Normativa y fuentes oficiales de referencia
Estas condiciones se interpretarán conforme a la normativa aplicable, especialmente la Ley 43/2002, de Sanidad Vegetal; el Real Decreto 1311/2012; el Real Decreto 285/2021; el Reglamento 1107/2009; y, en su ámbito territorial, la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor.
Para comprobar productos y operadores deberán consultarse el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y el ROPO del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La información de consulta debe interpretarse junto con las resoluciones administrativas aplicables; la base de productos advierte expresamente de su actualización periódica.
Consultas técnicas sobre este producto
Dosis, mezclas, compatibilidades, cultivos, momento de aplicación y precauciones.
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