Secutor · Insecticida sistémico Acetamiprid 20 % contra pulgones y chupadores
Secutor es un insecticida sistémico a base de acetamiprid 20 %, una materia activa neonicotinoide ampliamente conocida por su actividad sobre insectos chupadores como pulgones, moscas blancas, trips y otros grupos sensibles al acetamiprid.
La autorización española de Secutor contempla específicamente el control de pulgones en manzano, melocotonero y peral y de Meligethes en colza. Su formulación SG en gránulos solubles facilita la preparación del caldo y la aplicación foliar.
Registro ES-00876. Acetamiprid 20 % p/p.
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Secutor: insecticida sistémico con acetamiprid 20 %
Secutor es un insecticida formulado con acetamiprid al 20 %, perteneciente al grupo de los neonicotinoides y diseñado para aplicaciones mediante pulverización foliar.
El acetamiprid es una materia activa ampliamente conocida en protección vegetal por su actividad sobre diferentes grupos de insectos chupadores, entre ellos pulgones, moscas blancas, trips y otros hemípteros, aunque los usos concretos de cada producto comercial dependen siempre de su registro.
En el caso concreto de Secutor, la autorización ES-00876 contempla:
- Pulgones o áfidos en manzano.
- Pulgones o áfidos en melocotonero.
- Pulgones o áfidos en peral.
- Meligethes o Brassicogethes aeneus en colza.
La hoja oficial de registro establece una composición de acetamiprid 20 % p/p, formulación SG.
¿Qué es el acetamiprid?
El acetamiprid es un insecticida del grupo de los neonicotinoides, una familia de materias activas que actúan sobre el sistema nervioso de los insectos mediante los receptores nicotínicos de acetilcolina.
Su perfil insecticida lo ha convertido en una materia activa ampliamente utilizada frente a plagas chupadoras y otros insectos sensibles.
Dentro del campo técnico general del acetamiprid destacan grupos como:
- Pulgones y áfidos.
- Moscas blancas, como Bemisia tabaci y Trialeurodes vaporariorum.
- Trips.
- Ciertas cochinillas y otros hemípteros.
- Algunos coleópteros.
- Determinados minadores y otras plagas sensibles, dependiendo de la autorización de cada formulado.
Estas referencias describen el campo de actividad de la materia activa acetamiprid y no deben confundirse con los usos concretamente autorizados para Secutor en España.
Acetamiprid contra insectos chupadores
Una de las principales fortalezas agronómicas del acetamiprid es su actividad sobre insectos que se alimentan de los tejidos y fluidos vegetales.
Dentro de este grupo se encuentran plagas tan importantes como:
- Pulgones.
- Moscas blancas.
- Trips.
- Cochinillas.
- Psilas.
- Otros hemípteros y homópteros.
La bibliografía técnica sobre neonicotinoides sitúa al acetamiprid dentro de los insecticidas empleados frente a plagas chupadoras, particularmente áfidos y moscas blancas. También existen ensayos específicos sobre su actividad frente a trips.
Importante: que una plaga sea sensible al acetamiprid no significa automáticamente que Secutor esté autorizado para tratarla. Para Secutor deben respetarse exclusivamente los usos de la etiqueta ES-00876.
Secutor contra pulgones
El principal posicionamiento práctico de Secutor dentro de su autorización española es el control de pulgones en frutales.
Los pulgones pueden formar colonias rápidamente sobre brotes jóvenes y hojas tiernas, alimentándose de la savia y provocando:
- Enrollamiento de hojas.
- Deformación de brotes.
- Reducción del crecimiento.
- Producción de melaza.
- Aparición posterior de negrilla.
- Reducción de la capacidad fotosintética.
- Pérdida de calidad vegetativa y productiva.
La detección precoz es fundamental. Una colonia pequeña localizada en un brote es mucho más sencilla de manejar que una infestación extendida por toda la nueva vegetación.
Secutor contra pulgón en melocotonero
En melocotonero, Secutor está autorizado frente a pulgones de la familia Aphididae.
La dosis autorizada es:
0,25 kg/ha.
La autorización contempla una única aplicación.
El tratamiento debe realizarse cuando exista presencia de la plaga:
- Antes de BBCH 59.
- O desde BBCH 69.
No debe aplicarse durante la floración.
El volumen de caldo autorizado es de 1.000 L/ha.
Secutor contra pulgón en manzano
En manzano está autorizado contra áfidos o pulgones de la familia Aphididae.
- Dosis: 0,25 kg/ha.
- Aplicaciones: 1.
- Volumen de caldo: 1.000 L/ha.
- Plazo de seguridad: 14 días.
Debe aplicarse en presencia de la plaga, antes de BBCH 59 o a partir de BBCH 69.
No utilizar durante la floración.
La autorización excluye específicamente:
- Eriosoma lanigerum.
- Aphis spiraecola.
Secutor contra pulgón en peral
En peral dispone de autorización contra pulgones o áfidos.
- Dosis: 0,25 kg/ha.
- Una única aplicación.
- Volumen de caldo: 1.000 L/ha.
- Plazo de seguridad: 14 días.
Debe aplicarse en presencia de la plaga, antes de BBCH 59 o desde BBCH 69 y nunca durante la floración.
También quedan excluidas Eriosoma lanigerum y Aphis spiraecola.
Secutor contra Meligethes en colza
En colza está autorizado contra Brassicogethes aeneus, conocido tradicionalmente como Meligethes.
Este coleóptero puede alimentarse de los botones florales y provocar importantes daños cuando aparece antes de la apertura de las flores.
Las condiciones autorizadas son:
- Dosis: 0,2 kg/ha.
- Aplicaciones: 1.
- Volumen de caldo: 400–600 L/ha.
- Aplicación: en presencia de la plaga.
- Momento máximo: antes de BBCH 69.
- Plazo de seguridad: 42 días.
¿Secutor sirve contra mosca blanca?
El acetamiprid es una materia activa conocida por su actividad sobre moscas blancas como Bemisia tabaci y otras especies, y existe abundante literatura científica y técnica relacionada con su uso y manejo de resistencias en este grupo de plagas.
Sin embargo, mosca blanca no figura entre los usos autorizados de Secutor ES-00876. Por tanto, esta información describe el espectro técnico de la materia activa y no constituye una recomendación de aplicación de Secutor contra mosca blanca.
¿El acetamiprid actúa contra trips?
Sí, existen estudios y formulados de acetamiprid empleados frente a determinadas especies de trips. El acetamiprid forma parte del grupo de insecticidas estudiados para este tipo de plagas. :contentReference[oaicite:3]{index=3}
No obstante, los trips no forman parte de la autorización ES-00876 de Secutor.
Acetamiprid y cochinillas
El campo de actividad general de los neonicotinoides comprende numerosos insectos chupadores y puede incluir determinadas cochinillas y otros hemípteros en función del producto, cultivo y autorización.
En Secutor, estos usos no figuran en la hoja de registro aportada, por lo que debe comprobarse siempre la autorización concreta antes de realizar cualquier tratamiento.
Acetamiprid y minadores
El acetamiprid es una sustancia activa con actividad sobre diferentes grupos de insectos, y existen formulados y autorizaciones internacionales dirigidas a plagas distintas de los pulgones.
Sin embargo, Secutor no está autorizado en España contra minadores dentro del registro ES-00876 aportado.
Usos autorizados de Secutor
| Cultivo | Plaga | Dosis | Aplicaciones |
| Manzano | Pulgones / Aphididae | 0,25 kg/ha | 1 |
| Melocotonero | Pulgones / Aphididae | 0,25 kg/ha | 1 |
| Peral | Pulgones / Aphididae | 0,25 kg/ha | 1 |
| Colza | Brassicogethes aeneus | 0,2 kg/ha | 1 |
Dosis de Secutor contra pulgones
En manzano, melocotonero y peral:
0,25 kg/ha = 250 gramos por hectárea.
El volumen de caldo autorizado es de 1.000 L/ha.
Esto supone una concentración equivalente de:
25 gramos por cada 100 litros de agua.
La dosis debe calcularse siempre por superficie y respetando las condiciones de la etiqueta.
Cómo aplicar Secutor
Secutor está autorizado para aplicación mediante pulverización foliar mecánica o manual.
- Comprobar el cultivo y la plaga autorizados.
- Calcular la superficie a tratar.
- Calibrar el pulverizador.
- Llenar parcialmente el depósito con agua.
- Añadir la cantidad de Secutor correspondiente.
- Completar el depósito manteniendo la agitación.
- Aplicar uniformemente sobre la vegetación.
- Evitar tratamientos durante la floración en frutales.
Cuando se utilice tractor, la aplicación deberá realizarse con cabina cerrada. :contentReference[oaicite:4]{index=4}
Formulación SG: gránulos solubles
Secutor se presenta como un formulado SG, gránulos solubles.
Esta formulación facilita su disolución en agua y la preparación del caldo de pulverización.
Manejo de resistencias
El acetamiprid pertenece a un grupo insecticida con una larga historia de uso sobre plagas chupadoras. Como ocurre con cualquier materia activa eficaz, una utilización repetitiva puede seleccionar poblaciones menos sensibles.
Para reducir el riesgo de resistencia:
- Respetar la dosis de etiqueta.
- No realizar aplicaciones adicionales a las autorizadas.
- Alternar con materias activas de diferente modo de acción.
- No utilizar de forma sucesiva productos del mismo grupo.
- Realizar seguimiento de la eficacia.
- Investigar cualquier pérdida de sensibilidad inesperada.
La ficha oficial exige expresamente adoptar una estrategia de prevención y manejo de resistencias y realizar evaluaciones periódicas de la susceptibilidad de las plagas. :contentReference[oaicite:5]{index=5}
Plazos de seguridad
- Manzano: 14 días.
- Melocotonero: 14 días.
- Peral: 14 días.
- Colza: 42 días.
No mezclar con otros productos
La autorización establece que Secutor no debe utilizarse en combinación con otros productos.
Por tanto, no deben realizarse mezclas en tanque salvo que una modificación posterior de la autorización establezca expresamente lo contrario.
Seguridad del aplicador
Secutor es un producto fitosanitario de uso profesional.
Durante mezcla y carga deben utilizarse:
- Guantes de protección química.
- Mascarilla FFP2 o similar.
- Ropa de protección tipo 6.
- Calzado resistente.
Durante la aplicación deben utilizarse guantes, ropa de protección y calzado adecuado.
Preguntas frecuentes sobre Secutor y acetamiprid
¿Qué es Secutor?
Es un insecticida profesional formulado con acetamiprid al 20 % en gránulos solubles.
¿Qué es el acetamiprid?
Es una materia activa insecticida del grupo de los neonicotinoides, conocida por su actividad sobre diferentes insectos chupadores.
¿Secutor sirve contra pulgones?
Sí. Está autorizado contra pulgones en manzano, melocotonero y peral.
¿El acetamiprid sirve contra mosca blanca?
El acetamiprid es una materia activa utilizada y estudiada frente a moscas blancas. Sin embargo, Secutor ES-00876 no tiene este uso incluido en su autorización española.
¿El acetamiprid actúa contra trips?
El acetamiprid presenta actividad insecticida sobre determinadas especies de trips, aunque Secutor no tiene trips entre sus usos autorizados.
¿El acetamiprid se utiliza contra cochinillas?
El grupo de los neonicotinoides presenta actividad sobre diversos insectos chupadores, incluidas determinadas cochinillas según formulado y registro. Este uso no figura en la autorización de Secutor.
¿Secutor sirve contra Meligethes?
Sí. Está autorizado en colza contra Brassicogethes aeneus.
¿Cuál es la dosis de Secutor para pulgón?
En manzano, melocotonero y peral la dosis autorizada es de 0,25 kg/ha.
¿Puede utilizarse durante la floración?
No en los frutales autorizados. Debe aplicarse antes de BBCH 59 o desde BBCH 69.
¿Se puede mezclar Secutor con otros productos?
No. La autorización indica expresamente que no debe utilizarse en combinación con otros productos.
¿Es un producto de uso profesional?
Sí. Secutor está reservado a usuarios profesionales.
Información importante
El espectro técnico general del acetamiprid no equivale a los usos autorizados de Secutor.
Para Secutor deben respetarse exclusivamente los cultivos, plagas, dosis y condiciones establecidos en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios ES-00876.
Utilice los productos fitosanitarios de forma segura. Lea siempre la etiqueta antes de usar el producto.
- Composición
- Acetamiprid 20%
- Estado
- Gránulo dispersable en agua
- Autorizado en zonas afectadas por la ley 3/2020 de protección del Mar menor
- Sí
- Cultivos
- Colaza, manzano, melocotonero y peral
- Dosis aplicación foliar
- De 0,2 a 0,25Kg / Ha
- Dosis macetas
- 5 gr / 20L de caldo
- Nº de registro
- ES-00876
- Plazo de seguridad
- De 14 a 42 días
- Acción del producto
- Insecticida
Condiciones de adquisición y suministro de fitosanitarios de uso profesional
1. Identificación de la entidad suministradora
La entidad suministradora y facturadora es Abonica EAR, con CIF E26966002, domicilio en calle jardín nueva espuña 9C de Alhama de Murcia, España.
Los datos completos de identificación, establecimiento y contacto se encuentran disponibles en el Aviso legal de esta web.
Estas condiciones regulan los requisitos específicos aplicables a la habilitación del cliente, la adquisición, la recepción y el suministro de productos fitosanitarios de uso profesional. Se complementan con las condiciones generales que correspondan a cada operación y no sustituyen las disposiciones legales obligatorias.
2. Destinatarios y alcance de la habilitación
Los productos identificados como de uso profesional están sujetos a requisitos específicos de capacitación y suministro.
Abonica diferencia la actuación del usuario profesional, la empresa de tratamientos y el operador del sector suministrador. La inscripción en una de estas actividades no acredita automáticamente la habilitación para las demás.
Cuando el destinatario sea una empresa o explotación, se identificarán separadamente la entidad para la que se realiza la operación y la persona habilitada que interviene en su nombre.
La condición de cliente profesional en la tienda no sustituye la comprobación de la actividad, la capacitación o la representación necesarias para una operación concreta.
3. Validación inicial mediante tecnología propia
El acceso a la adquisición de productos profesionales permanece bloqueado para las cuentas que no hayan superado el procedimiento de validación.
Abonica ha desarrollado una herramienta propia que consulta la información oficial disponible y contrasta la correspondencia entre los datos identificativos facilitados, la titularidad del carné, el nivel de capacitación y su fecha de caducidad.
Cuando la comprobación resulta favorable, se habilita individualmente la cuenta del cliente.
Esta habilitación está vinculada a la persona comprobada y a los datos incorporados a su expediente. No constituye una homologación administrativa de la cuenta ni una autorización para adquirir cualquier producto o realizar cualquier tratamiento.
La consulta informática no sustituye la comprobación de la identidad de quien actúa. Cuando existan discrepancias, indicios de suplantación o dudas justificadas, Abonica podrá solicitar documentación o realizar verificaciones adicionales proporcionadas a la incidencia.
4. Actualización de las comprobaciones y bloqueo de la cuenta
Antes de cada nuevo suministro se actualizará la comprobación de la habilitación exigible. Se conservará constancia de la fecha, el resultado y, cuando proceda, de la revisión efectuada.
La caducidad del carné determinará el bloqueo automático de la cuenta para nuevas adquisiciones profesionales. También podrá suspenderse su habilitación cuando se detecten cambios de situación, discrepancias de identidad, falta de representación u otras circunstancias que impidan acreditar los requisitos necesarios.
Una consulta incompleta o un fallo técnico no se considerarán, por sí solos, prueba definitiva de falta de habilitación. En esos casos, la operación quedará pendiente de revisión y no se liberará el suministro mientras no pueda completarse la comprobación.
El cliente podrá solicitar la revisión del resultado y aportar documentación actualizada mediante los canales de atención de Abonica.
Los controles se realizarán aprovechando la información válida ya incorporada al expediente, evitando solicitar nuevamente documentos que sigan siendo suficientes. Solo se requerirá intervención adicional del cliente cuando resulte necesaria para completar o actualizar la verificación.
5. Modalidad de contratación y alcance de las herramientas digitales
La utilización de herramientas digitales para identificar al cliente, gestionar documentación o tramitar operaciones no modifica las modalidades de contratación permitidas por la normativa.
El artículo 14 del Real Decreto 285/2021 limita la venta a distancia a los productos de uso no profesional. Su artículo 3 excluye de esa definición las ventas entre suministradores. La inscripción en el ROPO y la validación del carné no crean una excepción adicional para las ventas a usuarios finales o empresas de tratamientos.
La modalidad aplicable deberá corresponderse con la condición real de las partes y con la forma efectiva de celebración de la operación.
La habilitación de una cuenta, el registro de un pedido o la recepción de un importe no dispensan del cumplimiento de los requisitos legales de contratación y suministro.
6. Comprobaciones de la operación e incidencias
Antes de liberar el suministro, Abonica comprobará los requisitos relativos al destinatario, la persona interviniente, la capacitación, la representación y las condiciones particulares del producto.
Cuando una operación requiera documentación específica, aclaraciones sobre su destinatario o acreditación adicional, se informará al cliente de lo necesario para resolverla.
Si no fuera posible completar un requisito obligatorio o suministrar legalmente el producto, se comunicará la incidencia y se cancelará la parte afectada, con devolución de los importes correspondientes a los productos y servicios no prestados, sin imponer su sustitución por un saldo para futuras compras.
No se sustituirán productos, presentaciones o cantidades por otros diferentes sin conocimiento y aceptación del cliente.
La suspensión de una operación no implicará automáticamente la cancelación de otras adquisiciones que puedan ejecutarse de forma independiente y conforme a sus propias condiciones.
7. Titularidad de la cuenta y representación
El cliente debe facilitar información veraz y mantener actualizados sus datos identificativos y de contacto.
La cuenta no podrá emplearse para realizar adquisiciones por cuenta de terceros no identificados ni para atribuir a otra persona la capacitación de su titular.
Cuando se actúe en representación de una empresa o explotación, deberán identificarse la entidad representada y la persona que interviene, y acreditarse la representación necesaria.
Abonica podrá conservar en el expediente las autorizaciones válidas para operaciones posteriores, dentro de su alcance y vigencia. El representante deberá comunicar su revocación, modificación o pérdida de facultades antes de nuevas operaciones.
Los cambios de titular, representante o persona habilitada no se considerarán una simple modificación de dirección y podrán requerir una nueva comprobación.
8. Identificación y autorización del receptor
La persona que reciba los productos deberá estar identificada y reunir los requisitos exigibles. Cuando actúe por cuenta de una persona jurídica o del titular de una explotación, deberá acreditar su autorización para efectuar la recepción.
La dirección de recepción podrá ser distinta de la de facturación, siempre que se mantenga correctamente identificada la operación y se hayan comprobado los datos y facultades del receptor.
La designación de un tercero deberá comunicarse antes de la entrega. Una indicación genérica como «entregar a cualquier persona disponible» no sustituirá esa identificación.
La recepción se documentará mediante el justificante correspondiente. No se autorizará el depósito de productos profesionales en lugares sin vigilancia ni la entrega a personas diferentes de las comprobadas sin resolver previamente el cambio.
La intervención de un transportista no elimina los controles sobre el destinatario final ni convierte a cualquier persona presente en el domicilio en receptor autorizado.
9. Información técnica y atención profesional
En la venta estará disponible personal con la capacitación exigible para informar sobre utilización, riesgos, seguridad y recogida de envases.
Abonica combina esta atención con herramientas propias de verificación y gestión documental. El software apoya el control administrativo, pero no sustituye las funciones del personal técnico.
Cuando se solicite una recomendación individualizada, el cliente deberá facilitar información suficiente sobre el cultivo, el problema observado y las circunstancias relevantes. La recomendación se limitará a los datos disponibles y al alcance de la consulta.
La información de una ficha comercial no equivale, por sí sola, a un diagnóstico de la explotación, una visita técnica o un documento individualizado de asesoramiento en gestión integrada de plagas.
La adquisición del producto tampoco supone la contratación de su aplicación. Cualquier servicio específico de asesoramiento o tratamiento se identificará y documentará separadamente, indicando quién lo presta, su alcance y las funciones asumidas.
10. Autorización del producto y condiciones de utilización
La identificación del producto se realizará por su denominación y número de registro, junto con los demás datos necesarios para su trazabilidad.
El usuario deberá comprobar que el tratamiento previsto se corresponde con las condiciones legalmente autorizadas. La semejanza entre formulados, sustancias activas o nombres comerciales no permite trasladar automáticamente los usos de un producto a otro.
Deberán respetarse los cultivos, organismos objetivo, ámbitos, dosis, métodos, número e intervalo de aplicaciones, plazos de seguridad y medidas de protección aplicables.
La asistencia técnica y la información comercial no amplían esas autorizaciones. En caso de discrepancia, se aplicarán las condiciones legalmente vigentes y Abonica revisará la información afectada.
El cliente deberá detener la utilización prevista y consultar antes de aplicar cuando detecte una discrepancia relevante o no pueda confirmar que el uso es admisible. Las obligaciones relativas al empleo correcto del producto corresponden a quien realiza o dirige su utilización, sin excluir las responsabilidades propias del suministrador.
11. Cambios de autorización, retiradas y fechas límite
Las modificaciones, retiradas o restricciones de una autorización pueden afectar a la comercialización y a la utilización del producto de forma diferente. Los plazos y condiciones aplicables serán los establecidos en la resolución correspondiente; no se presumirá la existencia de un periodo general de gracia.
Cuando Abonica detecte un cambio que afecte a una operación pendiente, revisará su viabilidad antes del suministro.
Los campos informativos sobre fechas límite de venta o utilización deberán interpretarse conforme a la resolución aplicable. No permiten vender o usar el producto después de la fecha legalmente establecida.
Si una incidencia afecta a un producto ya suministrado, se atenderá a su naturaleza, a las instrucciones oficiales y a las obligaciones que correspondan a cada parte. Una retirada administrativa no se tratará mediante una exclusión automática y general de cualquier reclamación del cliente.
12. Condiciones territoriales y protección del Mar Menor
Cuando el producto vaya a utilizarse en el ámbito territorial de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, deberán observarse también las obligaciones y limitaciones aplicables a la parcela, la actividad y el tratamiento concreto.
Las menciones informativas de esta web relacionadas con el Mar Menor no constituyen una autorización individual del tratamiento ni una certificación de conformidad de la explotación.
Para una recomendación técnica que dependa de restricciones territoriales, el cliente deberá facilitar la localización y los datos relevantes de la superficie afectada.
Las referencias a agricultura ecológica, producción integrada u otros sistemas de producción tampoco sustituyen la comprobación de sus requisitos particulares.
13. Procedencia, conservación y gestión de residuos
Abonica se abastece mediante proveedores habilitados y canales legales de distribución para el mercado español. Por política de aprovisionamiento, no comercializa productos amparados por permisos de comercio paralelo.
El cliente deberá conservar el producto conforme a su etiquetado y a los requisitos aplicables a su actividad, manteniendo su identificación y evitando accesos o manipulaciones por personas no habilitadas.
Los envases vacíos, restos y productos que deban desecharse se entregarán mediante el sistema de recogida o gestor que corresponda. No deberán reutilizarse para otros fines ni eliminarse mediante vertidos o procedimientos incompatibles con su clasificación e instrucciones.
Abonica facilitará información sobre la gestión de envases y atenderá las consultas relacionadas con incidencias de conservación o identificación.
14. Trazabilidad y documentación de los suministros
Cada suministro se documentará de forma que permita relacionar a las partes intervinientes con el producto, número de registro, lote, cantidad y fecha de la operación.
La información exigible se incorporará a los registros correspondientes y se comunicará mediante RETO o el sistema administrativo que resulte aplicable. La comprobación de la habilitación del cliente y el registro de la transacción son actuaciones diferenciadas.
El expediente podrá incluir el resultado de las verificaciones, las autorizaciones de representación, los justificantes de recepción y las incidencias resueltas.
La documentación se conservará durante los plazos legalmente exigibles. Los registros de productos comercializados por suministradores están sujetos al plazo mínimo de cinco años establecido en el artículo 67 del Reglamento 1107/2009, sin perjuicio de otras obligaciones de conservación.
El cliente deberá comunicar los errores que advierta en la documentación para que puedan revisarse y, cuando corresponda, rectificarse.
15. Cancelaciones, devoluciones y reclamaciones
Las solicitudes de modificación o cancelación se tramitarán según el estado de la operación, sus condiciones particulares y los derechos legalmente aplicables.
La posesión de un carné profesional no determina, por sí sola, la condición de consumidor de una persona en todas sus compras. En las adquisiciones realizadas dentro de una actividad empresarial o profesional no se aplica el derecho de desistimiento previsto para consumidores, sin perjuicio de lo pactado y de los derechos derivados de un incumplimiento.
Los productos incorrectos, defectuosos, dañados o afectados por una incidencia deberán comunicarse a Abonica tan pronto como se detecte el problema. Se facilitarán instrucciones para su comprobación y, cuando proceda, recogida o devolución.
No deberán remitirse productos fitosanitarios por medios incompatibles con sus condiciones de transporte.
La petición de conservar fotografías, embalajes o justificantes tiene como finalidad facilitar la investigación de la incidencia y no supone una renuncia a los derechos que correspondan legalmente.
16. Obligaciones y responsabilidades de las partes
Abonica responderá de las obligaciones que le correspondan como suministradora y de las actuaciones que se encuentren efectivamente bajo su responsabilidad.
El cliente responderá de la veracidad de la información que facilite, de su representación y de las obligaciones que le correspondan en la recepción, custodia y utilización.
La intervención de un asesor, aplicador, representante o transportista no elimina las obligaciones propias de los demás intervinientes.
La información técnica no constituye una garantía incondicional de resultados agronómicos. Esta precisión no excluye la responsabilidad por información incorrecta, recomendaciones negligentes, defectos del producto u otros incumplimientos que resulten imputables a quien corresponda.
La aceptación de estas condiciones no supone una exoneración general de responsabilidad ni una renuncia a derechos irrenunciables. Cada parte responderá conforme a sus actuaciones y a la normativa aplicable.
17. Protección de datos y revisión de comprobaciones
Abonica EAR tratará los datos necesarios para gestionar la relación con el cliente, comprobar los requisitos de habilitación y representación, documentar los suministros y cumplir las obligaciones de trazabilidad.
Las bases jurídicas aplicables serán el cumplimiento de obligaciones legales y la gestión de la relación contractual o precontractual, según la finalidad de cada tratamiento. La información ampliada se encuentra en la Política de privacidad.
Se limitarán los datos y documentos solicitados a los necesarios para cada finalidad. El acceso a los expedientes estará restringido y su conservación se ajustará a los plazos y obligaciones correspondientes. La baja de una cuenta no implicará eliminar inmediatamente documentación cuya conservación sea obligatoria.
El sistema utiliza comprobaciones automatizadas sobre los datos identificativos y la habilitación profesional. El cliente podrá solicitar la revisión por una persona del equipo responsable, comunicar errores y aportar documentación actualizada. La revisión no permitirá dispensar requisitos legales, pero sí corregir datos o resolver incidencias.
Los derechos de protección de datos podrán ejercerse mediante los canales establecidos en la Política de privacidad, sin perjuicio del derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
18. Aceptación, versiones y actualización del procedimiento
Estas condiciones estarán disponibles para su consulta y conservación. La aceptación se vinculará a la cuenta o a la operación correspondiente, dejando constancia de la versión aplicable.
Abonica revisará sus herramientas y procedimientos para adaptarlos a los cambios técnicos, documentales y normativos que afecten a la actividad.
Las modificaciones contractuales no se aplicarán retroactivamente en perjuicio del cliente. Lo anterior no impedirá aplicar las disposiciones obligatorias o decisiones administrativas que afecten a un suministro o utilización.
La actualización tecnológica tiene por finalidad mejorar la comprobación y la trazabilidad, sin sustituir las decisiones de las autoridades competentes ni las funciones del personal habilitado.
Normativa y fuentes oficiales de referencia
Estas condiciones se interpretarán conforme a la normativa aplicable, especialmente la Ley 43/2002, de Sanidad Vegetal; el Real Decreto 1311/2012; el Real Decreto 285/2021; el Reglamento 1107/2009; y, en su ámbito territorial, la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor.
Para comprobar productos y operadores deberán consultarse el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y el ROPO del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La información de consulta debe interpretarse junto con las resoluciones administrativas aplicables; la base de productos advierte expresamente de su actualización periódica.
Consultas técnicas sobre este producto
Dosis, mezclas, compatibilidades, cultivos, momento de aplicación y precauciones.
Todavía no hay consultas publicadas sobre este producto.