Comprar coragen en 1L insecticida contra lepidópteros escarabajos minador y trips con rynaxypyr clorantraniliprol en abonica
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Coragen 20 SC · Clorantraniliprol 20 % Rynaxypyr para Tuta, orugas y minador

Profesional

Coragen® 20 SC de FMC es un insecticida profesional con clorantraniliprol 20 % (Rynaxypyr®), una diamida antranílica IRAC 28 de referencia para el control de Tuta absoluta y numerosas orugas y lepidópteros. Su modo de acción sobre los receptores de rianodina provoca un rápido cese de la alimentación, reduciendo el daño antes de la muerte del insecto. Amplio registro en tomate, patata, vid, frutales, maíz, frutos secos y otros cultivos. 200 g/L · SC · Registro 25334.

Envase
Ley 3/2020 Mar menor
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249,00 €
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Coragen 20 SC: clorantraniliprol 20 %, una referencia mundial entre las diamidas

Coragen® 20 SC de FMC es un insecticida profesional formulado con clorantraniliprol al 20 % p/v, equivalente a 200 g/L, perteneciente al Grupo IRAC 28 de las diamidas antranílicas.

FMC comercializa esta tecnología bajo la marca Rynaxypyr®.

Coragen ocupa desde hace años una posición de referencia dentro del control de:

  • Tuta absoluta.
  • Helicoverpa.
  • Spodoptera y otros lepidópteros según uso autorizado.
  • Grapholita.
  • Anarsia.
  • Cydia pomonella.
  • Lobesia botrana.
  • Phthorimaea.
  • Diferentes minadores.
  • Determinados coleópteros.

Su enorme fortaleza está en combinar potencia sobre larvas de lepidópteros, dosis muy bajas, rápido cese de alimentación y un registro extraordinariamente amplio.

Clorantraniliprol 20 % y tecnología Rynaxypyr

Coragen contiene:

  • Clorantraniliprol: 20 % p/v.
  • 200 g/L.
  • Tecnología Rynaxypyr® de FMC.
  • Formulación SC: suspensión concentrada.
  • Familia: diamidas antranílicas.
  • Grupo IRAC 28.
  • Número de registro: 25334.
  • Uso profesional.

Qué es Rynaxypyr

Rynaxypyr® es la marca tecnológica de FMC asociada al clorantraniliprol.

En la ficha comercial conviene mantener siempre ambas referencias:

clorantraniliprol 20 % (Rynaxypyr®).

La materia activa es lo que identifica técnicamente al producto y lo que tiene mayor valor para búsquedas SEO; Rynaxypyr refuerza la identificación de la tecnología original de FMC.

Cómo actúa Coragen

El clorantraniliprol pertenece al Grupo IRAC 28 y actúa como modulador de los receptores de rianodina del sistema muscular del insecto.

La alteración del equilibrio de calcio provoca:

  • Descoordinación muscular.
  • Cese rápido de la alimentación.
  • Letargo.
  • Parálisis.
  • Muerte posterior.

Este mecanismo explica una de las características agronómicas más importantes de Coragen:

la plaga deja de provocar daño antes de desaparecer visualmente.

Coragen contra Tuta absoluta

Tuta absoluta es probablemente uno de los territorios comerciales más reconocibles de Coragen.

El registro vigente incluye expresamente su control en:

  • Tomate de industria.
  • Berenjena como uso menor autorizado.

En estos usos, Coragen comparte objetivo con otros lepidópteros como Helicoverpa spp.

Dosis de Coragen para Tuta en tomate

Dosis autorizada:

0,175–0,2 L/ha.

Es decir:

175–200 ml por hectárea.

Máximo:

2 aplicaciones.

Intervalo:

7 días.

Volumen de caldo:

200–800 L/ha.

Plazo de seguridad:

1 día.

Una dosis extraordinariamente baja

Uno de los aspectos que más sorprenden de Coragen cuando se compara con insecticidas clásicos es la cantidad de producto necesaria por hectárea.

En tomate:

175–200 ml/ha.

Y en otros cultivos pueden utilizarse dosis incluso inferiores.

Esto refleja la elevada actividad biológica del clorantraniliprol frente a las plagas objetivo.

Coragen contra Helicoverpa

El registro contempla Helicoverpa spp. en diferentes cultivos.

Entre ellos aparecen:

  • Tomate.
  • Berenjena.
  • Algodón.

Helicoverpa armigera es especialmente importante porque las larvas pueden atacar directamente:

  • Brotes.
  • Flores.
  • Frutos.
  • Órganos reproductivos.

La estrategia correcta con Coragen es intervenir sobre estadios larvarios jóvenes, antes de que alcancen zonas protegidas o hayan generado daños importantes.

Coragen en frutales de hueso

Coragen dispone de un posicionamiento especialmente potente en frutales.

En albaricoquero aparece frente a:

Grapholita molesta, polilla oriental.

Dosis:

0,16–0,3 L/ha.

Hasta:

2 aplicaciones.

Intervalo:

10–14 días.

Volumen:

800–1.500 L/ha.

Coragen en melocotonero y nectarino

El registro incluye:

  • Anarsia lineatella.
  • Grapholita molesta.

dos plagas de enorme importancia en melocotonero y nectarino.

Dosis:

0,16–0,3 L/ha.

Coragen contra carpocapsa

Otra de las grandes referencias del producto es:

Cydia pomonella, carpocapsa de manzana y pera.

El registro incluye su control en distintos frutales de pepita.

La larva de carpocapsa penetra rápidamente en el fruto, por lo que el momento de intervención es decisivo.

Coragen debe utilizarse:

siguiendo el vuelo, puestas y modelos de predicción, antes de que las larvas queden protegidas dentro del fruto.

Coragen en manzano

En manzano encontramos un espectro particularmente amplio:

  • Cydia pomonella.
  • Adoxophyes orana.
  • Leucoptera malifoliella.
  • Phyllonorycter spp.
  • Lyonetia clerkella.

Dosis:

0,16–0,3 L/ha.

Hasta:

2 aplicaciones.

Intervalo:

14 días.

Coragen contra minadores

El registro incluye diferentes especies de insectos minadores:

  • Phyllonorycter spp.
  • Lyonetia clerkella.
  • Leucoptera malifoliella.
  • Phyllocnistis citrella.

Esto amplía su utilidad mucho más allá de las orugas defoliadoras clásicas.

Coragen contra minador de los cítricos

En plantones de cítricos antes de entrar en producción está autorizado frente a:

Phyllocnistis citrella.

Dosis:

0,05 L/ha.

Es decir:

50 ml/ha.

Hasta:

2 aplicaciones.

con intervalo de:

10–14 días.

El registro establece en este uso:

sin plazo de seguridad aplicable.

Coragen en aguacate

En plantones de aguacate antes de entrar en producción aparecen usos frente a:

  • Phyllocnistis citrella.
  • Lymantria dispar.

En este último caso:

0,05 L/ha.

Coragen en patata

El registro incluye dos objetivos especialmente importantes:

  • Leptinotarsa decemlineata, escarabajo de la patata.
  • Phthorimaea operculella, polilla de la patata.

Coragen contra escarabajo de la patata

Para Leptinotarsa decemlineata:

0,06 L/ha.

Es decir:

60 ml/ha.

Una dosis extremadamente reducida que vuelve a mostrar la alta actividad del clorantraniliprol.

Coragen contra polilla de la patata

Para Phthorimaea operculella:

0,125–0,175 L/ha.

Hasta:

2 aplicaciones.

Intervalo:

8–14 días.

Coragen en vid

En vid de vinificación está autorizado frente a:

Lobesia botrana, polilla del racimo.

Dosis:

0,21 L/ha.

Aplicaciones:

1.

Volumen de caldo:

600–1.200 L/ha.

Plazo de seguridad:

30 días.

Coragen contra Lobesia botrana

Lobesia botrana puede provocar daños directos sobre los racimos y generar además heridas que favorecen posteriormente:

  • Botrytis.
  • Podredumbres secundarias.
  • Pérdidas de calidad.

La estrategia debe orientarse al momento de:

eclosión y primeros estadios larvarios.

Coragen en maíz

En maíz y maíz dulce está autorizado frente a:

lepidópteros.

Dosis:

0,1–0,15 L/ha.

Hasta:

2 aplicaciones.

con intervalos de:

10–30 días.

Coragen en almendro

En almendro el registro incluye:

  • Lepidópteros.
  • Coleópteros.

Dosis:

0,18–0,3 L/ha.

Hasta:

2 aplicaciones.

Coragen en pistachero

En pistachero existe además un uso frente a:

Labidostomis lusitanica, escarabajillo del pistachero.

Dosis:

0,18–0,3 L/ha.

El registro contempla una aplicación para este uso.

Coragen en frutos secos

También aparecen autorizaciones en:

  • Almendro.
  • Avellano.
  • Castaño.
  • Nogal.
  • Pistachero.

frente a determinados:

  • Lepidópteros.
  • Coleópteros.

según cultivo.

Coragen en granado

El granado presenta un registro especialmente interesante frente a:

  • Cryptoblabes gnidiella.
  • Leucoptera malifoliella.
  • Phyllonorycter spp.
  • Pandemis spp.
  • Argyrotaenia ljungiana.

Dosis:

0,16–0,3 L/ha.

Un registro extraordinariamente amplio

Uno de los motivos por los que Coragen se ha convertido en un producto de referencia es precisamente la enorme cantidad de problemas que puede resolver dentro de su registro.

El documento oficial incluye usos en:

  • Aguacate.
  • Albaricoquero.
  • Algodón.
  • Almendro.
  • Avellano.
  • Batata y boniato.
  • Berenjena.
  • Castaño.
  • Ciruelo.
  • Cítricos.
  • Endrino.
  • Granado.
  • Maíz.
  • Maíz dulce.
  • Manzano.
  • Melocotonero y nectarino.
  • Membrillero.
  • Níspero.
  • Nogal.
  • Patata.
  • Peral.
  • Pistachero.
  • Tomate.
  • Vid.

con diferentes condiciones específicas para cada uso. :contentReference[oaicite:1]{index=1}

Aplicar cuando empieza el problema, no cuando ya está fuera de control

El propio registro establece que Coragen debe aplicarse:

cuando exista infestación o cuando los modelos de predicción indiquen el momento adecuado dentro de un programa de gestión integrada.

Éste es el planteamiento correcto para una diamida de este nivel.

No interesa esperar a encontrar:

  • Larvas grandes.
  • Frutos perforados.
  • Galerías avanzadas.
  • Racimos colonizados.
  • Daños irreversibles.

La ventana ideal está en la puesta, eclosión y primeros estadios larvarios.

Coragen no debe evaluarse sólo por el número de insectos muertos

Después de una aplicación correcta puede observarse todavía alguna larva durante un tiempo.

Pero el criterio agronómico fundamental es:

si continúa alimentándose y produciendo daño.

El clorantraniliprol provoca rápidamente la interrupción de la alimentación, seguida posteriormente de parálisis y muerte.

IRAC 28: las diamidas hay que protegerlas

El registro de Coragen dedica una sección específica al manejo de resistencias.

Coragen pertenece al:

Grupo IRAC 28.

Y establece que:

no deben efectuarse más de 2 aplicaciones consecutivas por campaña con Coragen ni con ningún otro producto que contenga clorantraniliprol.

Dejar pasar una generación completa

El registro añade una recomendación especialmente importante:

después de una o dos aplicaciones consecutivas debe transcurrir:

al menos una generación completa de la plaga objetivo

antes de volver a utilizar productos con el mismo modo de acción IRAC 28.

El objetivo es evitar exponer generaciones consecutivas al mismo mecanismo insecticida.

Cambiar de diamida no significa necesariamente rotar

Este punto es fundamental en el programa de Abonica.

Coragen contiene:

clorantraniliprol.

Benevia, Exirel y Verimark contienen:

ciantraniliprol.

Son materias activas diferentes, pero todas pertenecen al:

Grupo IRAC 28.

Por tanto:

cambiar Coragen por Benevia, Exirel o Verimark no constituye una verdadera rotación de modo de acción.

Para una rotación real hay que introducir otro grupo IRAC.

Coragen dentro de una estrategia profesional

El uso más inteligente de Coragen es integrarlo dentro de:

  • Monitoreo de plagas.
  • Modelos predictivos.
  • Trampas de seguimiento.
  • Control biológico.
  • Rotación real de grupos IRAC.
  • Tratamientos dirigidos a estadios sensibles.

Una materia activa de este nivel no debería desperdiciarse realizando tratamientos rutinarios sin criterio.

Plazos de seguridad

El registro establece:

  • Berenjena y tomate: 1 día.
  • Maíz y maíz dulce: 7 días.
  • Albaricoquero, batata, ciruelo, endrino, granado, manzano, melocotonero, membrillero, níspero, patata y peral: 14 días.
  • Algodón, almendro, avellano, castaño, nogal y pistachero: 21 días.
  • Vid de vinificación: 30 días.
  • Aguacate y cítricos: no procede en los usos registrados sobre plantones antes de producción.

Principales ventajas de Coragen 20 SC

  • Clorantraniliprol 20 %.
  • 200 g/L.
  • Tecnología Rynaxypyr® de FMC.
  • Grupo IRAC 28.
  • Diamida antranílica.
  • Referencia para Tuta absoluta.
  • Actividad frente a Helicoverpa.
  • Actividad frente a Grapholita.
  • Actividad frente a Anarsia.
  • Actividad frente a Cydia pomonella.
  • Actividad frente a Lobesia botrana.
  • Actividad frente a Phthorimaea.
  • Actividad frente a numerosos minadores.
  • Actividad frente a determinados coleópteros.
  • Rápido cese de alimentación.
  • Dosis extremadamente bajas.
  • Amplísimo registro.
  • Uso en hortícolas.
  • Uso en frutales.
  • Uso en frutos secos.
  • Uso en vid.
  • Uso en maíz.
  • Uso en patata.
  • 1 día de plazo de seguridad en tomate y berenjena.

Preguntas frecuentes sobre Coragen

¿Qué es Coragen?

Coragen 20 SC es un insecticida profesional de FMC formulado con clorantraniliprol al 20 %.

¿Cuál es la materia activa de Coragen?

Clorantraniliprol 20 %, equivalente a 200 g/L.

¿Qué es Rynaxypyr?

Rynaxypyr® es la marca tecnológica utilizada por FMC para el clorantraniliprol.

¿Qué grupo IRAC tiene Coragen?

El clorantraniliprol pertenece al Grupo IRAC 28, moduladores de los receptores de rianodina.

¿Coragen sirve contra Tuta?

Sí. Tuta absoluta figura expresamente en el registro en tomate y berenjena bajo las condiciones autorizadas.

¿Cuál es la dosis de Coragen para Tuta?

0,175–0,2 L/ha, equivalente a 175–200 ml/ha.

¿Coragen sirve contra Helicoverpa?

Sí. Helicoverpa spp. aparece entre sus usos autorizados.

¿Coragen sirve contra carpocapsa?

Sí. Está autorizado frente a Cydia pomonella en diferentes frutales de pepita.

¿Coragen sirve contra Grapholita?

Sí. Está autorizado frente a Grapholita molesta en frutales de hueso.

¿Coragen sirve contra Anarsia?

Sí. Anarsia lineatella figura entre sus usos autorizados.

¿Coragen sirve contra Lobesia?

Sí. Está autorizado frente a Lobesia botrana en vid de vinificación.

¿Coragen sirve contra escarabajo de la patata?

Sí. Está autorizado frente a Leptinotarsa decemlineata a una dosis de 0,06 L/ha.

¿Coragen sirve contra minador de los cítricos?

Sí. En plantones de cítricos antes de entrar en producción está autorizado frente a Phyllocnistis citrella.

¿Cuántos tratamientos consecutivos pueden hacerse?

El registro establece que no deben realizarse más de 2 aplicaciones consecutivas con Coragen o con otros productos que contengan clorantraniliprol.

¿Coragen y Benevia son una rotación IRAC?

No. Coragen contiene clorantraniliprol y Benevia ciantraniliprol, pero ambos pertenecen al Grupo IRAC 28. Cambiar entre ellos no supone cambiar de modo de acción.

¿Cuál es el plazo de seguridad en tomate?

1 día.

¿Hace falta carnet para comprar Coragen?

Sí. Coragen es un producto fitosanitario de uso profesional.

Comprar Coragen 20 SC clorantraniliprol

En Abonica puedes comprar Coragen 20 SC de FMC, insecticida profesional formulado con clorantraniliprol 20 % (Rynaxypyr®).

Su enorme reconocimiento no procede de una única plaga. Coragen reúne un registro excepcional frente a Tuta absoluta, Helicoverpa, Grapholita, Anarsia, Cydia pomonella, Lobesia, Phthorimaea, diferentes minadores y determinados coleópteros.

Además, trabaja a dosis extraordinariamente bajas y provoca un rápido cese de alimentación mediante un modo de acción que convirtió a las diamidas IRAC 28 en una de las familias insecticidas más importantes de la agricultura moderna.

Para el control profesional de orugas y lepidópteros, Coragen sigue siendo una de las referencias con las que se comparan los demás.

Información importante

Producto fitosanitario de uso profesional.

Tratamiento al aire libre mediante pulverización foliar conforme a las condiciones específicas de cada cultivo.

Aplicar cuando exista infestación o cuando lo indiquen los modelos de predicción utilizados dentro de programas de gestión integrada.

No realizar más de dos aplicaciones consecutivas con clorantraniliprol y respetar las recomendaciones de manejo de resistencias del Grupo IRAC 28.

Respetar siempre cultivos, dosis, intervalos, volúmenes, estados fenológicos y plazos de seguridad recogidos en la etiqueta vigente.

Utilice los productos fitosanitarios de forma segura. Lea siempre la etiqueta y la información del producto antes de usarlo.

Composición
Rynaxypyr (Clorantraniliprol) 20%
Autorizado en zonas afectadas por la ley 3/2020 de protección del Mar menor
Sí
Plagas
Lepidópteros y coleópteros
Cultivos
Multitud de cultivos (Consultar hoja de registros)
Dosis aplicación foliar
De 0,05 a 0,3 L/Ha
Nº de registro
25334
Plazo de seguridad
De 0 a 30 días
Acción del producto
Insecticida

Condiciones de adquisición y suministro de fitosanitarios de uso profesional

1. Identificación de la entidad suministradora

La entidad suministradora y facturadora es Abonica EAR, con CIF E26966002, domicilio en calle jardín nueva espuña 9C de Alhama de Murcia, España.

Los datos completos de identificación, establecimiento y contacto se encuentran disponibles en el Aviso legal de esta web.

Estas condiciones regulan los requisitos específicos aplicables a la habilitación del cliente, la adquisición, la recepción y el suministro de productos fitosanitarios de uso profesional. Se complementan con las condiciones generales que correspondan a cada operación y no sustituyen las disposiciones legales obligatorias.

2. Destinatarios y alcance de la habilitación

Los productos identificados como de uso profesional están sujetos a requisitos específicos de capacitación y suministro.

Abonica diferencia la actuación del usuario profesional, la empresa de tratamientos y el operador del sector suministrador. La inscripción en una de estas actividades no acredita automáticamente la habilitación para las demás.

Cuando el destinatario sea una empresa o explotación, se identificarán separadamente la entidad para la que se realiza la operación y la persona habilitada que interviene en su nombre.

La condición de cliente profesional en la tienda no sustituye la comprobación de la actividad, la capacitación o la representación necesarias para una operación concreta.

3. Validación inicial mediante tecnología propia

El acceso a la adquisición de productos profesionales permanece bloqueado para las cuentas que no hayan superado el procedimiento de validación.

Abonica ha desarrollado una herramienta propia que consulta la información oficial disponible y contrasta la correspondencia entre los datos identificativos facilitados, la titularidad del carné, el nivel de capacitación y su fecha de caducidad.

Cuando la comprobación resulta favorable, se habilita individualmente la cuenta del cliente.

Esta habilitación está vinculada a la persona comprobada y a los datos incorporados a su expediente. No constituye una homologación administrativa de la cuenta ni una autorización para adquirir cualquier producto o realizar cualquier tratamiento.

La consulta informática no sustituye la comprobación de la identidad de quien actúa. Cuando existan discrepancias, indicios de suplantación o dudas justificadas, Abonica podrá solicitar documentación o realizar verificaciones adicionales proporcionadas a la incidencia.

4. Actualización de las comprobaciones y bloqueo de la cuenta

Antes de cada nuevo suministro se actualizará la comprobación de la habilitación exigible. Se conservará constancia de la fecha, el resultado y, cuando proceda, de la revisión efectuada.

La caducidad del carné determinará el bloqueo automático de la cuenta para nuevas adquisiciones profesionales. También podrá suspenderse su habilitación cuando se detecten cambios de situación, discrepancias de identidad, falta de representación u otras circunstancias que impidan acreditar los requisitos necesarios.

Una consulta incompleta o un fallo técnico no se considerarán, por sí solos, prueba definitiva de falta de habilitación. En esos casos, la operación quedará pendiente de revisión y no se liberará el suministro mientras no pueda completarse la comprobación.

El cliente podrá solicitar la revisión del resultado y aportar documentación actualizada mediante los canales de atención de Abonica.

Los controles se realizarán aprovechando la información válida ya incorporada al expediente, evitando solicitar nuevamente documentos que sigan siendo suficientes. Solo se requerirá intervención adicional del cliente cuando resulte necesaria para completar o actualizar la verificación.

5. Modalidad de contratación y alcance de las herramientas digitales

La utilización de herramientas digitales para identificar al cliente, gestionar documentación o tramitar operaciones no modifica las modalidades de contratación permitidas por la normativa.

El artículo 14 del Real Decreto 285/2021 limita la venta a distancia a los productos de uso no profesional. Su artículo 3 excluye de esa definición las ventas entre suministradores. La inscripción en el ROPO y la validación del carné no crean una excepción adicional para las ventas a usuarios finales o empresas de tratamientos.

La modalidad aplicable deberá corresponderse con la condición real de las partes y con la forma efectiva de celebración de la operación.

La habilitación de una cuenta, el registro de un pedido o la recepción de un importe no dispensan del cumplimiento de los requisitos legales de contratación y suministro.

6. Comprobaciones de la operación e incidencias

Antes de liberar el suministro, Abonica comprobará los requisitos relativos al destinatario, la persona interviniente, la capacitación, la representación y las condiciones particulares del producto.

Cuando una operación requiera documentación específica, aclaraciones sobre su destinatario o acreditación adicional, se informará al cliente de lo necesario para resolverla.

Si no fuera posible completar un requisito obligatorio o suministrar legalmente el producto, se comunicará la incidencia y se cancelará la parte afectada, con devolución de los importes correspondientes a los productos y servicios no prestados, sin imponer su sustitución por un saldo para futuras compras.

No se sustituirán productos, presentaciones o cantidades por otros diferentes sin conocimiento y aceptación del cliente.

La suspensión de una operación no implicará automáticamente la cancelación de otras adquisiciones que puedan ejecutarse de forma independiente y conforme a sus propias condiciones.

7. Titularidad de la cuenta y representación

El cliente debe facilitar información veraz y mantener actualizados sus datos identificativos y de contacto.

La cuenta no podrá emplearse para realizar adquisiciones por cuenta de terceros no identificados ni para atribuir a otra persona la capacitación de su titular.

Cuando se actúe en representación de una empresa o explotación, deberán identificarse la entidad representada y la persona que interviene, y acreditarse la representación necesaria.

Abonica podrá conservar en el expediente las autorizaciones válidas para operaciones posteriores, dentro de su alcance y vigencia. El representante deberá comunicar su revocación, modificación o pérdida de facultades antes de nuevas operaciones.

Los cambios de titular, representante o persona habilitada no se considerarán una simple modificación de dirección y podrán requerir una nueva comprobación.

8. Identificación y autorización del receptor

La persona que reciba los productos deberá estar identificada y reunir los requisitos exigibles. Cuando actúe por cuenta de una persona jurídica o del titular de una explotación, deberá acreditar su autorización para efectuar la recepción.

La dirección de recepción podrá ser distinta de la de facturación, siempre que se mantenga correctamente identificada la operación y se hayan comprobado los datos y facultades del receptor.

La designación de un tercero deberá comunicarse antes de la entrega. Una indicación genérica como «entregar a cualquier persona disponible» no sustituirá esa identificación.

La recepción se documentará mediante el justificante correspondiente. No se autorizará el depósito de productos profesionales en lugares sin vigilancia ni la entrega a personas diferentes de las comprobadas sin resolver previamente el cambio.

La intervención de un transportista no elimina los controles sobre el destinatario final ni convierte a cualquier persona presente en el domicilio en receptor autorizado.

9. Información técnica y atención profesional

En la venta estará disponible personal con la capacitación exigible para informar sobre utilización, riesgos, seguridad y recogida de envases.

Abonica combina esta atención con herramientas propias de verificación y gestión documental. El software apoya el control administrativo, pero no sustituye las funciones del personal técnico.

Cuando se solicite una recomendación individualizada, el cliente deberá facilitar información suficiente sobre el cultivo, el problema observado y las circunstancias relevantes. La recomendación se limitará a los datos disponibles y al alcance de la consulta.

La información de una ficha comercial no equivale, por sí sola, a un diagnóstico de la explotación, una visita técnica o un documento individualizado de asesoramiento en gestión integrada de plagas.

La adquisición del producto tampoco supone la contratación de su aplicación. Cualquier servicio específico de asesoramiento o tratamiento se identificará y documentará separadamente, indicando quién lo presta, su alcance y las funciones asumidas.

10. Autorización del producto y condiciones de utilización

La identificación del producto se realizará por su denominación y número de registro, junto con los demás datos necesarios para su trazabilidad.

El usuario deberá comprobar que el tratamiento previsto se corresponde con las condiciones legalmente autorizadas. La semejanza entre formulados, sustancias activas o nombres comerciales no permite trasladar automáticamente los usos de un producto a otro.

Deberán respetarse los cultivos, organismos objetivo, ámbitos, dosis, métodos, número e intervalo de aplicaciones, plazos de seguridad y medidas de protección aplicables.

La asistencia técnica y la información comercial no amplían esas autorizaciones. En caso de discrepancia, se aplicarán las condiciones legalmente vigentes y Abonica revisará la información afectada.

El cliente deberá detener la utilización prevista y consultar antes de aplicar cuando detecte una discrepancia relevante o no pueda confirmar que el uso es admisible. Las obligaciones relativas al empleo correcto del producto corresponden a quien realiza o dirige su utilización, sin excluir las responsabilidades propias del suministrador.

11. Cambios de autorización, retiradas y fechas límite

Las modificaciones, retiradas o restricciones de una autorización pueden afectar a la comercialización y a la utilización del producto de forma diferente. Los plazos y condiciones aplicables serán los establecidos en la resolución correspondiente; no se presumirá la existencia de un periodo general de gracia.

Cuando Abonica detecte un cambio que afecte a una operación pendiente, revisará su viabilidad antes del suministro.

Los campos informativos sobre fechas límite de venta o utilización deberán interpretarse conforme a la resolución aplicable. No permiten vender o usar el producto después de la fecha legalmente establecida.

Si una incidencia afecta a un producto ya suministrado, se atenderá a su naturaleza, a las instrucciones oficiales y a las obligaciones que correspondan a cada parte. Una retirada administrativa no se tratará mediante una exclusión automática y general de cualquier reclamación del cliente.

12. Condiciones territoriales y protección del Mar Menor

Cuando el producto vaya a utilizarse en el ámbito territorial de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, deberán observarse también las obligaciones y limitaciones aplicables a la parcela, la actividad y el tratamiento concreto.

Las menciones informativas de esta web relacionadas con el Mar Menor no constituyen una autorización individual del tratamiento ni una certificación de conformidad de la explotación.

Para una recomendación técnica que dependa de restricciones territoriales, el cliente deberá facilitar la localización y los datos relevantes de la superficie afectada.

Las referencias a agricultura ecológica, producción integrada u otros sistemas de producción tampoco sustituyen la comprobación de sus requisitos particulares.

13. Procedencia, conservación y gestión de residuos

Abonica se abastece mediante proveedores habilitados y canales legales de distribución para el mercado español. Por política de aprovisionamiento, no comercializa productos amparados por permisos de comercio paralelo.

El cliente deberá conservar el producto conforme a su etiquetado y a los requisitos aplicables a su actividad, manteniendo su identificación y evitando accesos o manipulaciones por personas no habilitadas.

Los envases vacíos, restos y productos que deban desecharse se entregarán mediante el sistema de recogida o gestor que corresponda. No deberán reutilizarse para otros fines ni eliminarse mediante vertidos o procedimientos incompatibles con su clasificación e instrucciones.

Abonica facilitará información sobre la gestión de envases y atenderá las consultas relacionadas con incidencias de conservación o identificación.

14. Trazabilidad y documentación de los suministros

Cada suministro se documentará de forma que permita relacionar a las partes intervinientes con el producto, número de registro, lote, cantidad y fecha de la operación.

La información exigible se incorporará a los registros correspondientes y se comunicará mediante RETO o el sistema administrativo que resulte aplicable. La comprobación de la habilitación del cliente y el registro de la transacción son actuaciones diferenciadas.

El expediente podrá incluir el resultado de las verificaciones, las autorizaciones de representación, los justificantes de recepción y las incidencias resueltas.

La documentación se conservará durante los plazos legalmente exigibles. Los registros de productos comercializados por suministradores están sujetos al plazo mínimo de cinco años establecido en el artículo 67 del Reglamento 1107/2009, sin perjuicio de otras obligaciones de conservación.

El cliente deberá comunicar los errores que advierta en la documentación para que puedan revisarse y, cuando corresponda, rectificarse.

15. Cancelaciones, devoluciones y reclamaciones

Las solicitudes de modificación o cancelación se tramitarán según el estado de la operación, sus condiciones particulares y los derechos legalmente aplicables.

La posesión de un carné profesional no determina, por sí sola, la condición de consumidor de una persona en todas sus compras. En las adquisiciones realizadas dentro de una actividad empresarial o profesional no se aplica el derecho de desistimiento previsto para consumidores, sin perjuicio de lo pactado y de los derechos derivados de un incumplimiento.

Los productos incorrectos, defectuosos, dañados o afectados por una incidencia deberán comunicarse a Abonica tan pronto como se detecte el problema. Se facilitarán instrucciones para su comprobación y, cuando proceda, recogida o devolución.

No deberán remitirse productos fitosanitarios por medios incompatibles con sus condiciones de transporte.

La petición de conservar fotografías, embalajes o justificantes tiene como finalidad facilitar la investigación de la incidencia y no supone una renuncia a los derechos que correspondan legalmente.

16. Obligaciones y responsabilidades de las partes

Abonica responderá de las obligaciones que le correspondan como suministradora y de las actuaciones que se encuentren efectivamente bajo su responsabilidad.

El cliente responderá de la veracidad de la información que facilite, de su representación y de las obligaciones que le correspondan en la recepción, custodia y utilización.

La intervención de un asesor, aplicador, representante o transportista no elimina las obligaciones propias de los demás intervinientes.

La información técnica no constituye una garantía incondicional de resultados agronómicos. Esta precisión no excluye la responsabilidad por información incorrecta, recomendaciones negligentes, defectos del producto u otros incumplimientos que resulten imputables a quien corresponda.

La aceptación de estas condiciones no supone una exoneración general de responsabilidad ni una renuncia a derechos irrenunciables. Cada parte responderá conforme a sus actuaciones y a la normativa aplicable.

17. Protección de datos y revisión de comprobaciones

Abonica EAR tratará los datos necesarios para gestionar la relación con el cliente, comprobar los requisitos de habilitación y representación, documentar los suministros y cumplir las obligaciones de trazabilidad.

Las bases jurídicas aplicables serán el cumplimiento de obligaciones legales y la gestión de la relación contractual o precontractual, según la finalidad de cada tratamiento. La información ampliada se encuentra en la Política de privacidad.

Se limitarán los datos y documentos solicitados a los necesarios para cada finalidad. El acceso a los expedientes estará restringido y su conservación se ajustará a los plazos y obligaciones correspondientes. La baja de una cuenta no implicará eliminar inmediatamente documentación cuya conservación sea obligatoria.

El sistema utiliza comprobaciones automatizadas sobre los datos identificativos y la habilitación profesional. El cliente podrá solicitar la revisión por una persona del equipo responsable, comunicar errores y aportar documentación actualizada. La revisión no permitirá dispensar requisitos legales, pero sí corregir datos o resolver incidencias.

Los derechos de protección de datos podrán ejercerse mediante los canales establecidos en la Política de privacidad, sin perjuicio del derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

18. Aceptación, versiones y actualización del procedimiento

Estas condiciones estarán disponibles para su consulta y conservación. La aceptación se vinculará a la cuenta o a la operación correspondiente, dejando constancia de la versión aplicable.

Abonica revisará sus herramientas y procedimientos para adaptarlos a los cambios técnicos, documentales y normativos que afecten a la actividad.

Las modificaciones contractuales no se aplicarán retroactivamente en perjuicio del cliente. Lo anterior no impedirá aplicar las disposiciones obligatorias o decisiones administrativas que afecten a un suministro o utilización.

La actualización tecnológica tiene por finalidad mejorar la comprobación y la trazabilidad, sin sustituir las decisiones de las autoridades competentes ni las funciones del personal habilitado.

Normativa y fuentes oficiales de referencia

Estas condiciones se interpretarán conforme a la normativa aplicable, especialmente la Ley 43/2002, de Sanidad Vegetal; el Real Decreto 1311/2012; el Real Decreto 285/2021; el Reglamento 1107/2009; y, en su ámbito territorial, la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor.

Para comprobar productos y operadores deberán consultarse el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y el ROPO del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La información de consulta debe interpretarse junto con las resoluciones administrativas aplicables; la base de productos advierte expresamente de su actualización periódica.

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