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Exirel · Ciantraniliprol 10 % Cyazypyr para trips, Prays, minador, Ceratitis, lepidópteros

Profesional

Exirel® de FMC es un insecticida profesional foliar con ciantraniliprol 10 % (Cyazypyr®), diamida antranílica del grupo IRAC 28, especialmente estratégica en cítricos, olivo y vid. Su registro incluye plagas tan diferentes como Prays, minador de los cítricos, trips, mosca blanca, pulgones, Ceratitis, Euphyllura y Lobesia. Actúa sobre los receptores de rianodina, provocando un rápido cese de la alimentación. 100 g/L · SE · Registro ES-01852 · Uso profesional.

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Ley 3/2020 Mar menor
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Exirel: ciantraniliprol 10 % para cítricos, olivo y vid

Exirel® de FMC es un insecticida profesional formulado con ciantraniliprol al 10 % p/v, tecnología comercializada por FMC bajo la marca Cyazypyr®.

Dentro de la familia del ciantraniliprol, Exirel ocupa un territorio muy claro:

tratamiento foliar de amplio espectro en cultivos leñosos.

Su registro ordinario incluye:

  • Cítricos.
  • Olivo.
  • Vid de vinificación.

Y, lo más importante, abarca grupos de plagas completamente diferentes entre sí:

  • Lepidópteros.
  • Trips.
  • Moscas blancas.
  • Pulgones.
  • Dípteros como Ceratitis.
  • Psílidos.

Ésta es precisamente una de las grandes fortalezas del ciantraniliprol: no limitarse al territorio clásico de las diamidas frente a orugas.

Ciantraniliprol 10 % y tecnología Cyazypyr

Exirel contiene:

  • Ciantraniliprol: 10 % p/v.
  • 100 g/L de ciantraniliprol.
  • Tecnología Cyazypyr® de FMC.
  • Formulación SE: suspoemulsión.
  • Familia: diamidas antranílicas.
  • Grupo IRAC 28.
  • Número de registro: ES-01852.
  • Uso profesional.

Qué es Cyazypyr

Cyazypyr® es la marca tecnológica utilizada por FMC para el ciantraniliprol.

En una ficha técnica conviene dejar claro que el nombre comercial no sustituye a la materia activa:

Exirel contiene ciantraniliprol 10 %.

Cyazypyr® identifica la tecnología de FMC basada en esta molécula.

IRAC 28: cómo actúa el ciantraniliprol

El ciantraniliprol pertenece al Grupo IRAC 28, moduladores de los receptores de rianodina.

Estos receptores controlan la liberación de calcio necesaria para el funcionamiento normal de los músculos del insecto.

Cuando el ciantraniliprol actúa sobre ellos se produce una alteración de esa regulación, provocando:

  • Pérdida de la función muscular normal.
  • Rápido cese de la alimentación.
  • Letargo.
  • Parálisis.
  • Muerte posterior del insecto.

El daño se frena antes de que desaparezca visualmente la plaga

Una característica especialmente importante de las diamidas IRAC 28 es que el insecto puede dejar de alimentarse antes de morir.

Eso significa que después de una aplicación puede seguir observándose algún individuo vivo durante un tiempo sin que necesariamente continúe provocando el mismo nivel de daño.

Desde el punto de vista agronómico, lo importante es:

interrumpir rápidamente la alimentación.

Exirel en cítricos: uno de sus grandes territorios

El registro de Exirel en cítricos es especialmente amplio.

Incluye usos frente a:

  • Prays citri.
  • Phyllocnistis citrella, minador de los cítricos.
  • Aleurothrixus floccosus, mosca blanca algodonosa.
  • Aleyrodidae, otras moscas blancas.
  • Ceratitis capitata, mosca de la fruta.
  • Aphididae, pulgones.
  • Trips.

Esto convierte a Exirel en una herramienta de enorme interés para programas de protección de cítricos donde pueden coincidir varias plagas durante la campaña. :contentReference[oaicite:2]{index=2}

Exirel contra Prays citri

Prays citri, la polilla de los cítricos, figura expresamente en el registro.

Dosis:

0,25–0,74 L/ha.

El registro establece una dosis mínima de:

0,25 L/ha.

independientemente del volumen de agua utilizado.

Aplicar durante:

BBCH 31–50.

Exirel contra minador de los cítricos

Otro uso especialmente interesante es:

Phyllocnistis citrella.

El minador desarrolla sus larvas dentro del tejido de las hojas jóvenes, generando las típicas galerías serpenteantes.

Dosis:

0,4–0,74 L/ha.

Volumen de caldo:

740–990 L/ha.

La dosis mínima recomendada es:

0,4 L/ha.

Exirel contra trips en cítricos

El registro incluye:

Trips.

y recoge eficacia expresamente frente a:

Pezothrips kellyanus.

Dosis:

0,74 L/ha.

Volumen:

740–990 L/ha.

Aplicar durante:

BBCH 51–71.

Pezothrips kellyanus: daño directo sobre fruto

El trips de Kelly es especialmente problemático porque puede provocar daños superficiales sobre frutos jóvenes.

Las lesiones terminan produciendo:

  • Marcas alrededor del cáliz.
  • Cicatrices superficiales.
  • Reducción de calidad comercial.

Por tanto, su control debe plantearse antes de que el daño quede permanentemente marcado en el fruto.

Exirel contra mosca blanca

En cítricos aparecen diferentes usos frente a mosca blanca:

  • Aleurothrixus floccosus.
  • Aleyrodidae.

Esto refuerza el carácter de Exirel como diamida de espectro cruzado entre:

insectos masticadores e insectos chupadores.

Exirel contra pulgones

El registro incluye:

Aphididae.

con eficacia expresamente reconocida frente a:

  • Aphis spiraecola.
  • Aphis gossypii.

Aplicar durante:

BBCH 09–39.

Exirel contra Ceratitis capitata

Una de las grandes diferencias del registro de Exirel es que también aparece:

Ceratitis capitata, mosca mediterránea de la fruta.

Este uso refuerza todavía más la amplitud de espectro del ciantraniliprol.

Debe diferenciarse, eso sí, del posicionamiento específico de Exirel Cebo, cuya estrategia está diseñada alrededor del tratamiento-cebo con atrayente alimenticio.

Exirel convencional es un producto de:

pulverización foliar.

Exirel en olivo

El registro incluye en olivo:

  • Prays oleae.
  • Euphyllura olivina.
  • Euzophera pinguis.
  • Margaronia unionalis.

Es decir, vuelve a repetirse el mismo patrón:

una única materia activa capaz de cubrir plagas de familias completamente distintas.

Exirel contra Prays oleae

La polilla del olivo:

Prays oleae

es uno de los usos centrales de Exirel en olivar.

Dosis:

0,2–0,35 L/ha.

Dosis mínima recomendada:

0,2 L/ha.

Aplicar durante:

BBCH 50–81.

Exirel contra algodón del olivo

El registro contempla además:

Euphyllura olivina

como uso secundario.

Dosis:

0,35 L/ha.

Aplicaciones:

2.

Intervalo:

7 días.

Volumen:

700–1.750 L/ha.

Exirel contra Euzophera y Margaronia

El registro contempla también:

  • Euzophera pinguis.
  • Margaronia unionalis.

en olivo, ampliando todavía más el interés de Exirel dentro de una estrategia anual de protección del cultivo.

Exirel en vid de vinificación

En vid de vinificación está autorizado frente a:

Lobesia botrana, polilla del racimo.

Dosis:

0,34 L/ha.

Aplicaciones:

1.

Volumen:

570–680 L/ha.

Aplicar durante:

BBCH 71–85.

Exirel contra Lobesia botrana

Lobesia botrana es una de las plagas fundamentales del viñedo mediterráneo.

Las larvas dañan directamente los racimos y pueden favorecer además:

  • Heridas en las bayas.
  • Entrada de hongos secundarios.
  • Problemas de podredumbres.
  • Pérdidas de calidad.

Por ello, el objetivo es intervenir sobre los estadios adecuados antes de que la larva quede protegida dentro del racimo.

Formulación SE: suspoemulsión

Exirel utiliza una formulación:

SE · suspoemulsión.

Este formato lo diferencia tanto de:

  • Benevia 10 % OD, orientado principalmente a aplicaciones foliares en hortícolas.
  • Verimark 20 % SC, específicamente diseñado para aplicación mediante riego por goteo.

La materia activa puede ser la misma, pero:

formulación, concentración, cultivos y posicionamiento agronómico son diferentes.

Exirel no es Benevia con otro nombre

Este punto es fundamental.

Ambos contienen ciantraniliprol, pero responden a estrategias distintas.

Benevia:

gran foliar multipropósito para hortícolas.

Verimark:

ciantraniliprol 20 % aplicado por riego por goteo.

Exirel:

gran foliar de ciantraniliprol para cítricos, olivo y vid.

Éste es el territorio que debería ocupar dentro del catálogo de Abonica.

Una materia activa frente a masticadores y chupadores

FMC describe precisamente el ciantraniliprol de Exirel como una solución capaz de trabajar sobre:

  • Insectos masticadores.
  • Insectos chupadores.

El propio registro confirma este espectro al reunir lepidópteros, trips, pulgones, moscas blancas, psílidos y dípteros. :contentReference[oaicite:3]{index=3}

Aplicar en los primeros estadios de infestación

El posicionamiento correcto del ciantraniliprol no es esperar a que la parcela esté completamente colonizada.

FMC recomienda intervenir en:

los primeros estadios de infestación.

Especialmente desde:

  • Puesta de huevos.
  • Primeras larvas.
  • Inicio de establecimiento de las poblaciones.

El objetivo es aprovechar al máximo el rápido cese de alimentación antes de que se acumulen daños.

Exirel y manejo de resistencias

El ciantraniliprol pertenece al:

Grupo IRAC 28.

Eso implica una responsabilidad clara:

proteger la eficacia de las diamidas mediante una verdadera rotación de modos de acción.

Cambiar Exirel por otra diamida IRAC 28 no constituye una rotación real.

No rotar nombres comerciales: rotar grupos IRAC

Productos formulados con materias activas como:

  • Ciantraniliprol.
  • Clorantraniliprol.
  • Otras diamidas del Grupo 28.

comparten el mismo grupo IRAC.

Por ello, los programas deben alternarse con herramientas pertenecientes a otros grupos de modo de acción.

Autorizaciones excepcionales de ciantraniliprol

Además de sus usos permanentes, los formulados a base de ciantraniliprol pueden recibir autorizaciones excepcionales para responder a problemas fitosanitarios concretos.

Este mecanismo se utiliza periódicamente en España para ampliar temporalmente el uso de determinadas formulaciones a:

  • Otros cultivos.
  • Otras plagas.
  • Determinadas comunidades autónomas.
  • Situaciones agronómicas específicas.

Existen antecedentes de autorizaciones excepcionales para formulaciones de ciantraniliprol 10 % SE en cultivos distintos a los del registro ordinario, lo que demuestra el valor estratégico de esta formulación más allá de sus usos permanentes. :contentReference[oaicite:4]{index=4}

Cómo tratar las autorizaciones excepcionales

Una autorización excepcional:

  • No forma parte automáticamente del registro ordinario.
  • Tiene condiciones específicas.
  • Puede limitarse geográficamente.
  • Puede establecer dosis y número de aplicaciones propios.
  • Puede cambiar entre campañas.

Por eso, antes de cualquier utilización fuera de los usos permanentes de Exirel debe comprobarse la resolución vigente.

Si tienes dudas sobre una autorización excepcional de Exirel o ciantraniliprol, consulta al departamento técnico de Abonica.

Dosis de Exirel

Las dosis dependen mucho de la plaga y el cultivo.

Algunos de los valores más importantes son:

  • Prays citri: 0,25–0,74 L/ha.
  • Phyllocnistis citrella: 0,4–0,74 L/ha.
  • Trips en cítricos: 0,74 L/ha.
  • Prays oleae: 0,2–0,35 L/ha.
  • Euphyllura olivina: 0,35 L/ha.
  • Lobesia botrana: 0,34 L/ha.

La dosis concreta debe seleccionarse siempre en función del uso autorizado.

Plazos de seguridad

  • Cítricos: 7 días.
  • Vid de vinificación: 10 días.
  • Olivo: 14 días.

Estos son los plazos correspondientes al registro ordinario vigente. :contentReference[oaicite:5]{index=5}

Aplicación exclusivamente foliar

El registro establece:

tratamiento insecticida al aire libre por pulverización foliar.

Por tanto, Exirel debe diferenciarse claramente de Verimark:

Exirel = foliar.

Verimark = riego por goteo.

Principales ventajas de Exirel

  • Ciantraniliprol 10 %.
  • Cyazypyr® de FMC.
  • 100 g/L.
  • Grupo IRAC 28.
  • Diamida antranílica.
  • Formulación SE.
  • Aplicación foliar.
  • Especialmente posicionado en cítricos.
  • Especialmente posicionado en olivo.
  • Uso en vid.
  • Actividad frente a Prays citri.
  • Actividad frente a Phyllocnistis citrella.
  • Actividad frente a trips.
  • Actividad frente a moscas blancas.
  • Actividad frente a pulgones.
  • Actividad frente a Ceratitis capitata.
  • Actividad frente a Prays oleae.
  • Actividad frente a Euphyllura olivina.
  • Actividad frente a Euzophera y Margaronia.
  • Actividad frente a Lobesia botrana.
  • Rápido cese de alimentación.
  • Amplio espectro entre insectos masticadores y chupadores.
  • Posibilidad de usos adicionales cuando exista una autorización excepcional vigente.

Preguntas frecuentes sobre Exirel

¿Qué es Exirel?

Exirel es un insecticida profesional de FMC formulado con ciantraniliprol 10 % (Cyazypyr®), destinado principalmente a aplicaciones foliares en cítricos, olivo y vid.

¿Cuál es la materia activa de Exirel?

Ciantraniliprol al 10 %, equivalente a 100 g/L.

¿Qué es Cyazypyr?

Cyazypyr® es la tecnología de FMC basada en ciantraniliprol.

¿Qué grupo IRAC tiene Exirel?

El ciantraniliprol pertenece al Grupo IRAC 28.

¿Exirel sirve contra Prays en cítricos?

Sí. Está autorizado frente a Prays citri a 0,25–0,74 L/ha.

¿Exirel sirve contra minador de los cítricos?

Sí. Está autorizado frente a Phyllocnistis citrella a 0,4–0,74 L/ha.

¿Exirel sirve contra trips?

Sí. El registro incluye trips en cítricos y especifica eficacia frente a Pezothrips kellyanus.

¿Exirel sirve contra pulgón?

Sí. Dispone de autorización frente a Aphididae, con eficacia frente a Aphis spiraecola y Aphis gossypii.

¿Exirel sirve contra mosca blanca?

Sí. Incluye diferentes usos frente a Aleyrodidae y Aleurothrixus floccosus.

¿Exirel sirve contra Ceratitis?

Sí. Ceratitis capitata aparece entre los usos autorizados en cítricos.

¿Exirel sirve contra Prays del olivo?

Sí. Está autorizado frente a Prays oleae a 0,2–0,35 L/ha.

¿Exirel sirve contra algodón del olivo?

Sí. Dispone de uso frente a Euphyllura olivina.

¿Exirel sirve contra Lobesia?

Sí. Está autorizado frente a Lobesia botrana en vid de vinificación.

¿Exirel se aplica por riego?

No. El registro ordinario de Exirel establece pulverización foliar al aire libre.

¿En qué se diferencia Exirel de Verimark?

Ambos contienen ciantraniliprol, pero Exirel es una formulación foliar SE para cítricos, olivo y vid, mientras que Verimark es ciantraniliprol 20 % SC diseñado para aplicación mediante riego por goteo en horticultura protegida.

¿En qué se diferencia Exirel de Benevia?

Benevia utiliza ciantraniliprol 10 % en formulación OD y está fuertemente posicionado en hortícolas. Exirel utiliza formulación SE y su registro ordinario se concentra en cítricos, olivo y vid.

¿Cuál es el plazo de seguridad de Exirel?

7 días en cítricos, 10 días en vid de vinificación y 14 días en olivo.

¿Exirel tiene autorizaciones excepcionales?

Las formulaciones de ciantraniliprol pueden recibir autorizaciones excepcionales temporales para otros usos. Debe comprobarse siempre la resolución vigente antes de utilizar el producto fuera del registro ordinario.

¿Hace falta carnet para comprar Exirel?

Sí. Exirel es un producto fitosanitario de uso profesional.

Comprar Exirel ciantraniliprol 10 %

En Abonica puedes comprar Exirel de FMC, insecticida profesional con ciantraniliprol 10 % (Cyazypyr®) para programas avanzados de protección de cítricos, olivo y vid.

Su verdadero valor está en reunir bajo una misma materia activa un espectro excepcionalmente transversal: Prays, minador de los cítricos, trips, mosca blanca, pulgones, Ceratitis, Euphyllura, Lobesia y otras plagas autorizadas.

Eso convierte a Exirel en algo bastante más importante que una simple diamida para orugas.

Exirel es el gran ciantraniliprol foliar de FMC para cultivos leñosos.

Información sobre autorizaciones excepcionales

Además de sus usos ordinarios, pueden existir autorizaciones excepcionales temporales para formulados a base de ciantraniliprol.

Estas autorizaciones pueden afectar a cultivos, plagas, zonas geográficas y condiciones de aplicación diferentes de las recogidas en el registro ordinario.

Antes de realizar un uso excepcional, comprueba siempre la resolución oficial vigente. Si tienes dudas, consulta al departamento técnico de Abonica.

Información importante

Producto fitosanitario de uso profesional.

Tratamiento al aire libre mediante pulverización foliar.

Respetar cultivos, dosis, estados BBCH, número máximo de aplicaciones y plazos de seguridad establecidos en la etiqueta vigente.

El registro establece que el preparado no debe utilizarse en combinación con otros productos.

Asimismo, deben respetarse las medidas de protección de aguas, artrópodos no objetivo y polinizadores recogidas en el registro.

Utilice los productos fitosanitarios de forma segura. Lea siempre la etiqueta y la información del producto antes de usarlo.

Composición
Cyacypyr (Ciantraniliprol) 10%
Estado
Suspoemulsión SE
Autorizado en zonas afectadas por la ley 3/2020 de protección del Mar menor
Sí
Desde
189 €/L
Plagas
Prays, minador, Phyllocnistis citrella, Trips, Scirtothrips, Mosca blanca, Mosca de la fruta, Pulgones, Glifodes, Lepidópteros, Orugas, Lobesia
Cultivos
Cítricos, vid, olivo
Dosis aplicación foliar
De 0,25 a 0,74 L/Ha
Nº de registro
ES-01852
Plazo de seguridad
De 7 a 14 días
Acción del producto
Insecticida

Condiciones de adquisición y suministro de fitosanitarios de uso profesional

1. Identificación de la entidad suministradora

La entidad suministradora y facturadora es Abonica EAR, con CIF E26966002, domicilio en calle jardín nueva espuña 9C de Alhama de Murcia, España.

Los datos completos de identificación, establecimiento y contacto se encuentran disponibles en el Aviso legal de esta web.

Estas condiciones regulan los requisitos específicos aplicables a la habilitación del cliente, la adquisición, la recepción y el suministro de productos fitosanitarios de uso profesional. Se complementan con las condiciones generales que correspondan a cada operación y no sustituyen las disposiciones legales obligatorias.

2. Destinatarios y alcance de la habilitación

Los productos identificados como de uso profesional están sujetos a requisitos específicos de capacitación y suministro.

Abonica diferencia la actuación del usuario profesional, la empresa de tratamientos y el operador del sector suministrador. La inscripción en una de estas actividades no acredita automáticamente la habilitación para las demás.

Cuando el destinatario sea una empresa o explotación, se identificarán separadamente la entidad para la que se realiza la operación y la persona habilitada que interviene en su nombre.

La condición de cliente profesional en la tienda no sustituye la comprobación de la actividad, la capacitación o la representación necesarias para una operación concreta.

3. Validación inicial mediante tecnología propia

El acceso a la adquisición de productos profesionales permanece bloqueado para las cuentas que no hayan superado el procedimiento de validación.

Abonica ha desarrollado una herramienta propia que consulta la información oficial disponible y contrasta la correspondencia entre los datos identificativos facilitados, la titularidad del carné, el nivel de capacitación y su fecha de caducidad.

Cuando la comprobación resulta favorable, se habilita individualmente la cuenta del cliente.

Esta habilitación está vinculada a la persona comprobada y a los datos incorporados a su expediente. No constituye una homologación administrativa de la cuenta ni una autorización para adquirir cualquier producto o realizar cualquier tratamiento.

La consulta informática no sustituye la comprobación de la identidad de quien actúa. Cuando existan discrepancias, indicios de suplantación o dudas justificadas, Abonica podrá solicitar documentación o realizar verificaciones adicionales proporcionadas a la incidencia.

4. Actualización de las comprobaciones y bloqueo de la cuenta

Antes de cada nuevo suministro se actualizará la comprobación de la habilitación exigible. Se conservará constancia de la fecha, el resultado y, cuando proceda, de la revisión efectuada.

La caducidad del carné determinará el bloqueo automático de la cuenta para nuevas adquisiciones profesionales. También podrá suspenderse su habilitación cuando se detecten cambios de situación, discrepancias de identidad, falta de representación u otras circunstancias que impidan acreditar los requisitos necesarios.

Una consulta incompleta o un fallo técnico no se considerarán, por sí solos, prueba definitiva de falta de habilitación. En esos casos, la operación quedará pendiente de revisión y no se liberará el suministro mientras no pueda completarse la comprobación.

El cliente podrá solicitar la revisión del resultado y aportar documentación actualizada mediante los canales de atención de Abonica.

Los controles se realizarán aprovechando la información válida ya incorporada al expediente, evitando solicitar nuevamente documentos que sigan siendo suficientes. Solo se requerirá intervención adicional del cliente cuando resulte necesaria para completar o actualizar la verificación.

5. Modalidad de contratación y alcance de las herramientas digitales

La utilización de herramientas digitales para identificar al cliente, gestionar documentación o tramitar operaciones no modifica las modalidades de contratación permitidas por la normativa.

El artículo 14 del Real Decreto 285/2021 limita la venta a distancia a los productos de uso no profesional. Su artículo 3 excluye de esa definición las ventas entre suministradores. La inscripción en el ROPO y la validación del carné no crean una excepción adicional para las ventas a usuarios finales o empresas de tratamientos.

La modalidad aplicable deberá corresponderse con la condición real de las partes y con la forma efectiva de celebración de la operación.

La habilitación de una cuenta, el registro de un pedido o la recepción de un importe no dispensan del cumplimiento de los requisitos legales de contratación y suministro.

6. Comprobaciones de la operación e incidencias

Antes de liberar el suministro, Abonica comprobará los requisitos relativos al destinatario, la persona interviniente, la capacitación, la representación y las condiciones particulares del producto.

Cuando una operación requiera documentación específica, aclaraciones sobre su destinatario o acreditación adicional, se informará al cliente de lo necesario para resolverla.

Si no fuera posible completar un requisito obligatorio o suministrar legalmente el producto, se comunicará la incidencia y se cancelará la parte afectada, con devolución de los importes correspondientes a los productos y servicios no prestados, sin imponer su sustitución por un saldo para futuras compras.

No se sustituirán productos, presentaciones o cantidades por otros diferentes sin conocimiento y aceptación del cliente.

La suspensión de una operación no implicará automáticamente la cancelación de otras adquisiciones que puedan ejecutarse de forma independiente y conforme a sus propias condiciones.

7. Titularidad de la cuenta y representación

El cliente debe facilitar información veraz y mantener actualizados sus datos identificativos y de contacto.

La cuenta no podrá emplearse para realizar adquisiciones por cuenta de terceros no identificados ni para atribuir a otra persona la capacitación de su titular.

Cuando se actúe en representación de una empresa o explotación, deberán identificarse la entidad representada y la persona que interviene, y acreditarse la representación necesaria.

Abonica podrá conservar en el expediente las autorizaciones válidas para operaciones posteriores, dentro de su alcance y vigencia. El representante deberá comunicar su revocación, modificación o pérdida de facultades antes de nuevas operaciones.

Los cambios de titular, representante o persona habilitada no se considerarán una simple modificación de dirección y podrán requerir una nueva comprobación.

8. Identificación y autorización del receptor

La persona que reciba los productos deberá estar identificada y reunir los requisitos exigibles. Cuando actúe por cuenta de una persona jurídica o del titular de una explotación, deberá acreditar su autorización para efectuar la recepción.

La dirección de recepción podrá ser distinta de la de facturación, siempre que se mantenga correctamente identificada la operación y se hayan comprobado los datos y facultades del receptor.

La designación de un tercero deberá comunicarse antes de la entrega. Una indicación genérica como «entregar a cualquier persona disponible» no sustituirá esa identificación.

La recepción se documentará mediante el justificante correspondiente. No se autorizará el depósito de productos profesionales en lugares sin vigilancia ni la entrega a personas diferentes de las comprobadas sin resolver previamente el cambio.

La intervención de un transportista no elimina los controles sobre el destinatario final ni convierte a cualquier persona presente en el domicilio en receptor autorizado.

9. Información técnica y atención profesional

En la venta estará disponible personal con la capacitación exigible para informar sobre utilización, riesgos, seguridad y recogida de envases.

Abonica combina esta atención con herramientas propias de verificación y gestión documental. El software apoya el control administrativo, pero no sustituye las funciones del personal técnico.

Cuando se solicite una recomendación individualizada, el cliente deberá facilitar información suficiente sobre el cultivo, el problema observado y las circunstancias relevantes. La recomendación se limitará a los datos disponibles y al alcance de la consulta.

La información de una ficha comercial no equivale, por sí sola, a un diagnóstico de la explotación, una visita técnica o un documento individualizado de asesoramiento en gestión integrada de plagas.

La adquisición del producto tampoco supone la contratación de su aplicación. Cualquier servicio específico de asesoramiento o tratamiento se identificará y documentará separadamente, indicando quién lo presta, su alcance y las funciones asumidas.

10. Autorización del producto y condiciones de utilización

La identificación del producto se realizará por su denominación y número de registro, junto con los demás datos necesarios para su trazabilidad.

El usuario deberá comprobar que el tratamiento previsto se corresponde con las condiciones legalmente autorizadas. La semejanza entre formulados, sustancias activas o nombres comerciales no permite trasladar automáticamente los usos de un producto a otro.

Deberán respetarse los cultivos, organismos objetivo, ámbitos, dosis, métodos, número e intervalo de aplicaciones, plazos de seguridad y medidas de protección aplicables.

La asistencia técnica y la información comercial no amplían esas autorizaciones. En caso de discrepancia, se aplicarán las condiciones legalmente vigentes y Abonica revisará la información afectada.

El cliente deberá detener la utilización prevista y consultar antes de aplicar cuando detecte una discrepancia relevante o no pueda confirmar que el uso es admisible. Las obligaciones relativas al empleo correcto del producto corresponden a quien realiza o dirige su utilización, sin excluir las responsabilidades propias del suministrador.

11. Cambios de autorización, retiradas y fechas límite

Las modificaciones, retiradas o restricciones de una autorización pueden afectar a la comercialización y a la utilización del producto de forma diferente. Los plazos y condiciones aplicables serán los establecidos en la resolución correspondiente; no se presumirá la existencia de un periodo general de gracia.

Cuando Abonica detecte un cambio que afecte a una operación pendiente, revisará su viabilidad antes del suministro.

Los campos informativos sobre fechas límite de venta o utilización deberán interpretarse conforme a la resolución aplicable. No permiten vender o usar el producto después de la fecha legalmente establecida.

Si una incidencia afecta a un producto ya suministrado, se atenderá a su naturaleza, a las instrucciones oficiales y a las obligaciones que correspondan a cada parte. Una retirada administrativa no se tratará mediante una exclusión automática y general de cualquier reclamación del cliente.

12. Condiciones territoriales y protección del Mar Menor

Cuando el producto vaya a utilizarse en el ámbito territorial de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, deberán observarse también las obligaciones y limitaciones aplicables a la parcela, la actividad y el tratamiento concreto.

Las menciones informativas de esta web relacionadas con el Mar Menor no constituyen una autorización individual del tratamiento ni una certificación de conformidad de la explotación.

Para una recomendación técnica que dependa de restricciones territoriales, el cliente deberá facilitar la localización y los datos relevantes de la superficie afectada.

Las referencias a agricultura ecológica, producción integrada u otros sistemas de producción tampoco sustituyen la comprobación de sus requisitos particulares.

13. Procedencia, conservación y gestión de residuos

Abonica se abastece mediante proveedores habilitados y canales legales de distribución para el mercado español. Por política de aprovisionamiento, no comercializa productos amparados por permisos de comercio paralelo.

El cliente deberá conservar el producto conforme a su etiquetado y a los requisitos aplicables a su actividad, manteniendo su identificación y evitando accesos o manipulaciones por personas no habilitadas.

Los envases vacíos, restos y productos que deban desecharse se entregarán mediante el sistema de recogida o gestor que corresponda. No deberán reutilizarse para otros fines ni eliminarse mediante vertidos o procedimientos incompatibles con su clasificación e instrucciones.

Abonica facilitará información sobre la gestión de envases y atenderá las consultas relacionadas con incidencias de conservación o identificación.

14. Trazabilidad y documentación de los suministros

Cada suministro se documentará de forma que permita relacionar a las partes intervinientes con el producto, número de registro, lote, cantidad y fecha de la operación.

La información exigible se incorporará a los registros correspondientes y se comunicará mediante RETO o el sistema administrativo que resulte aplicable. La comprobación de la habilitación del cliente y el registro de la transacción son actuaciones diferenciadas.

El expediente podrá incluir el resultado de las verificaciones, las autorizaciones de representación, los justificantes de recepción y las incidencias resueltas.

La documentación se conservará durante los plazos legalmente exigibles. Los registros de productos comercializados por suministradores están sujetos al plazo mínimo de cinco años establecido en el artículo 67 del Reglamento 1107/2009, sin perjuicio de otras obligaciones de conservación.

El cliente deberá comunicar los errores que advierta en la documentación para que puedan revisarse y, cuando corresponda, rectificarse.

15. Cancelaciones, devoluciones y reclamaciones

Las solicitudes de modificación o cancelación se tramitarán según el estado de la operación, sus condiciones particulares y los derechos legalmente aplicables.

La posesión de un carné profesional no determina, por sí sola, la condición de consumidor de una persona en todas sus compras. En las adquisiciones realizadas dentro de una actividad empresarial o profesional no se aplica el derecho de desistimiento previsto para consumidores, sin perjuicio de lo pactado y de los derechos derivados de un incumplimiento.

Los productos incorrectos, defectuosos, dañados o afectados por una incidencia deberán comunicarse a Abonica tan pronto como se detecte el problema. Se facilitarán instrucciones para su comprobación y, cuando proceda, recogida o devolución.

No deberán remitirse productos fitosanitarios por medios incompatibles con sus condiciones de transporte.

La petición de conservar fotografías, embalajes o justificantes tiene como finalidad facilitar la investigación de la incidencia y no supone una renuncia a los derechos que correspondan legalmente.

16. Obligaciones y responsabilidades de las partes

Abonica responderá de las obligaciones que le correspondan como suministradora y de las actuaciones que se encuentren efectivamente bajo su responsabilidad.

El cliente responderá de la veracidad de la información que facilite, de su representación y de las obligaciones que le correspondan en la recepción, custodia y utilización.

La intervención de un asesor, aplicador, representante o transportista no elimina las obligaciones propias de los demás intervinientes.

La información técnica no constituye una garantía incondicional de resultados agronómicos. Esta precisión no excluye la responsabilidad por información incorrecta, recomendaciones negligentes, defectos del producto u otros incumplimientos que resulten imputables a quien corresponda.

La aceptación de estas condiciones no supone una exoneración general de responsabilidad ni una renuncia a derechos irrenunciables. Cada parte responderá conforme a sus actuaciones y a la normativa aplicable.

17. Protección de datos y revisión de comprobaciones

Abonica EAR tratará los datos necesarios para gestionar la relación con el cliente, comprobar los requisitos de habilitación y representación, documentar los suministros y cumplir las obligaciones de trazabilidad.

Las bases jurídicas aplicables serán el cumplimiento de obligaciones legales y la gestión de la relación contractual o precontractual, según la finalidad de cada tratamiento. La información ampliada se encuentra en la Política de privacidad.

Se limitarán los datos y documentos solicitados a los necesarios para cada finalidad. El acceso a los expedientes estará restringido y su conservación se ajustará a los plazos y obligaciones correspondientes. La baja de una cuenta no implicará eliminar inmediatamente documentación cuya conservación sea obligatoria.

El sistema utiliza comprobaciones automatizadas sobre los datos identificativos y la habilitación profesional. El cliente podrá solicitar la revisión por una persona del equipo responsable, comunicar errores y aportar documentación actualizada. La revisión no permitirá dispensar requisitos legales, pero sí corregir datos o resolver incidencias.

Los derechos de protección de datos podrán ejercerse mediante los canales establecidos en la Política de privacidad, sin perjuicio del derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

18. Aceptación, versiones y actualización del procedimiento

Estas condiciones estarán disponibles para su consulta y conservación. La aceptación se vinculará a la cuenta o a la operación correspondiente, dejando constancia de la versión aplicable.

Abonica revisará sus herramientas y procedimientos para adaptarlos a los cambios técnicos, documentales y normativos que afecten a la actividad.

Las modificaciones contractuales no se aplicarán retroactivamente en perjuicio del cliente. Lo anterior no impedirá aplicar las disposiciones obligatorias o decisiones administrativas que afecten a un suministro o utilización.

La actualización tecnológica tiene por finalidad mejorar la comprobación y la trazabilidad, sin sustituir las decisiones de las autoridades competentes ni las funciones del personal habilitado.

Normativa y fuentes oficiales de referencia

Estas condiciones se interpretarán conforme a la normativa aplicable, especialmente la Ley 43/2002, de Sanidad Vegetal; el Real Decreto 1311/2012; el Real Decreto 285/2021; el Reglamento 1107/2009; y, en su ámbito territorial, la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor.

Para comprobar productos y operadores deberán consultarse el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y el ROPO del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La información de consulta debe interpretarse junto con las resoluciones administrativas aplicables; la base de productos advierte expresamente de su actualización periódica.

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