Fulmit óleo Aceite de parafina 79 % contra ácaros, pulgones y cochinillas
Fulmit Óleo L.E. es un insecticida-acaricida profesional a base de aceite de parafina al 79 %, autorizado frente a cochinillas, cochinillas harinosas, ácaros, pulgones y otras plagas en cítricos, frutales y distintos cultivos leñosos.
Su amplio registro contempla aplicaciones tanto de invierno como de verano e incluye además usos frente a Scirtothrips spp., trips, mosca blanca, Ceratitis capitata, Drosophila suzukii, Trioza erytreae, Philaenus spumarius y Cacopsylla pyri, según cultivo y condiciones autorizadas.
Aceite de parafina 79 % p/v · Formulación EC · Registro 11807 · Uso profesional.
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Fulmit Óleo L.E.: aceite de parafina 79 % para cochinillas, ácaros y pulgones
Fulmit Óleo L.E. de Kenogard es un producto fitosanitario profesional formulado con aceite de parafina al 79 % p/v, especialmente interesante para programas de control de cochinillas, cochinillas harinosas, ácaros y pulgones en cultivos leñosos.
Su registro es especialmente amplio y contempla distintos usos en cítricos, frutales de hueso, frutales de pepita, almendro, avellano, caqui, granado, kumquat, nogal y pistachero.
Además de los usos más habituales de los aceites parafínicos, Fulmit Óleo dispone de autorizaciones frente a otras plagas de elevado interés agronómico como:
- Scirtothrips spp.
- Trips.
- Moscas blancas, Aleyrodidae.
- Ceratitis capitata.
- Drosophila suzukii.
- Trioza erytreae.
- Philaenus spumarius.
- Cacopsylla pyri.
- Eurytoma amygdali.
Composición de Fulmit Óleo
Materia activa: aceite de parafina.
Concentración: 79 % p/v.
CAS: 64742-46-7.
Formulación: EC, concentrado emulsionable.
Número de registro: 11807.
Titular y fabricante: Kenogard, S.A.
Clase de usuario: profesional.
¿Para qué sirve Fulmit Óleo?
Fulmit Óleo dispone de autorización frente a distintos grupos de plagas, destacando especialmente:
- Ácaros.
- Áfidos y pulgones.
- Cochinillas, Coccidae.
- Cochinillas harinosas, Pseudococcidae.
- Trips.
- Scirtothrips spp.
- Mosca blanca.
El registro incluye además determinados usos secundarios frente a Ceratitis, Drosophila suzukii, psila africana, espumadora y otras plagas concretas.
Fulmit Óleo para cochinillas
Las cochinillas constituyen uno de los principales objetivos de los tratamientos con aceites parafínicos.
Fulmit Óleo está autorizado frente a:
- Coccidae.
- Pseudococcidae o cochinillas harinosas.
Su registro contempla estos usos en distintos cultivos leñosos, con aplicaciones tanto en periodo de invierno como de verano.
Para conseguir una buena eficacia, es especialmente importante realizar una pulverización completa y uniforme, alcanzando ramas, brotes, hojas y zonas donde se concentran las poblaciones.
Fulmit Óleo contra ácaros
Los ácaros forman parte de los usos autorizados de Fulmit Óleo en numerosos cultivos.
El tratamiento debe realizarse respetando las dosis, momento fenológico, temperatura y volumen de caldo correspondientes a cada cultivo.
En determinados frutales de hueso y pepita, la dosis indicada para ácaros es de 1 L por cada 100 litros de agua.
Fulmit Óleo contra pulgones
Fulmit Óleo dispone también de usos frente a pulgones o áfidos de la familia Aphididae.
En cítricos, por ejemplo, el registro contempla aplicaciones invernales a una dosis de:
1–1,5 L por cada 100 litros de agua.
Se permiten hasta 4 aplicaciones por campaña con un intervalo de 15 días, según las condiciones recogidas en la autorización.
Fulmit Óleo contra Scirtothrips
Uno de los usos especialmente interesantes del registro es el control de Scirtothrips spp. en determinados cultivos.
En los usos autorizados, la dosis varía en función del periodo:
- Aplicación de verano: 1,5–2 L/hl.
- Aplicación de invierno: 1–1,5 L/hl.
Debe comprobarse siempre el cultivo concreto y las condiciones específicas del uso antes de realizar el tratamiento.
Fulmit Óleo contra trips
El registro contempla también usos frente a trips.
Como ocurre con Scirtothrips, debe respetarse la combinación exacta de cultivo, periodo de aplicación, dosis y volumen de caldo indicada en la autorización.
Fulmit Óleo contra mosca blanca
Fulmit Óleo dispone de usos secundarios frente a moscas blancas de la familia Aleyrodidae.
Estos usos forman parte del amplio espectro autorizado del producto en determinados cultivos leñosos.
Fulmit Óleo contra Ceratitis capitata
Fulmit Óleo cuenta con un uso secundario frente a la mosca mediterránea de la fruta, Ceratitis capitata.
Las dosis autorizadas son:
- Verano: 1–2 L/hl o 10–40 L/ha.
- Invierno: 1–1,5 L/hl o 10–22,5 L/ha.
La aplicación se realiza mediante pulverización normal con tractor o manual, conforme a las condiciones recogidas en el registro.
Fulmit Óleo contra Drosophila suzukii
En frutales de hueso aparece autorizado como uso secundario frente a:
Drosophila suzukii, mosca del vinagre de alas manchadas.
La aplicación se realiza en verano desde el final de floración hasta madurez avanzada.
Dosis: 1 L/hl o 10–20 L/ha.
Fulmit Óleo contra Psila africana
La autorización contempla también un uso secundario frente a:
Trioza erytreae, psila africana.
Puede aplicarse conforme a las condiciones de verano o invierno establecidas en la autorización.
Fulmit Óleo contra Philaenus spumarius
Fulmit Óleo dispone de diferentes usos frente a la espumadora, Philaenus spumarius, en distintos cultivos.
La dosis y el momento de aplicación dependen del cultivo concreto.
Fulmit Óleo contra la avispilla del almendro
En almendro se contempla como uso secundario:
Eurytoma amygdali, avispilla del almendro.
El registro contempla aplicaciones tanto de invierno como de verano bajo las condiciones específicas autorizadas.
Fulmit Óleo en cítricos
Los cítricos constituyen uno de los principales campos de utilización de Fulmit Óleo.
Entre los grupos de plagas contemplados en su registro se encuentran:
- Ácaros.
- Pulgones.
- Cochinillas.
- Cochinillas harinosas.
- Trips.
- Mosca blanca.
- Psila africana.
- Ceratitis capitata.
- Philaenus spumarius.
Las dosis y condiciones deben ajustarse siempre al uso concreto recogido en la etiqueta.
Fulmit Óleo en frutales de hueso
En frutales de hueso existen usos frente a:
- Ácaros.
- Drosophila suzukii.
- Philaenus spumarius.
Para ácaros, la dosis autorizada es de 1 L/hl, con un máximo de 4 aplicaciones y un intervalo de 15 días.
Fulmit Óleo en frutales de pepita
En frutales de pepita aparecen usos frente a:
- Ácaros.
- Psila del peral, Cacopsylla pyri.
- Philaenus spumarius.
Para ácaros, la dosis autorizada es igualmente de 1 L/hl.
Fulmit Óleo en almendro, avellano, nogal y pistachero
El registro incluye diferentes usos en cultivos de frutos secos como:
- Almendro.
- Avellano.
- Nogal.
- Pistachero.
Según el cultivo, pueden aparecer usos frente a:
- Ácaros.
- Pulgones.
- Cochinillas.
- Cochinillas harinosas.
- Philaenus spumarius.
- Avispilla del almendro.
Fulmit Óleo en caqui, granado y kumquat
También existen usos autorizados o usos menores en:
- Caqui.
- Granado.
- Kumquat.
En estos cultivos destacan especialmente los usos frente a cochinillas y otros grupos incluidos en su registro.
Tratamiento de invierno con Fulmit Óleo
En numerosos usos autorizados, la dosis de invierno es de:
1–1,5 L por cada 100 litros de agua.
Equivale a:
- 10–15 ml por litro de agua.
- 100–150 ml para 10 L.
- 150–225 ml para 15 L.
- 200–300 ml para 20 L.
El volumen de caldo habitual recogido para los usos de invierno es de 1.000–1.500 L/ha.
Tratamiento de verano con Fulmit Óleo
En numerosos usos, la dosis de verano es de:
1,5–2 L por cada 100 litros de agua.
Equivale a:
- 15–20 ml por litro de agua.
- 150–200 ml para 10 L.
- 225–300 ml para 15 L.
- 300–400 ml para 20 L.
En verano, el volumen de caldo autorizado se sitúa habitualmente entre 1.000 y 2.000 L/ha.
Dosis práctica de Fulmit Óleo
| Volumen de agua | Invierno 1–1,5 % | Verano 1,5–2 % |
| 10 L | 100–150 ml | 150–200 ml |
| 15 L | 150–225 ml | 225–300 ml |
| 20 L | 200–300 ml | 300–400 ml |
| 100 L | 1–1,5 L | 1,5–2 L |
No existe una única dosis universal para todos los usos. Algunos cultivos y plagas disponen de dosis específicas diferentes, por lo que debe comprobarse siempre la autorización correspondiente.
Condiciones fundamentales de aplicación
La ficha oficial establece varias condiciones que deben respetarse especialmente:
- No aplicar durante la floración.
- Realizar los tratamientos antes del cambio de color de los frutos.
- No aplicar hasta que hayan transcurrido al menos 40 días desde un tratamiento con azufre.
- No utilizar por debajo de 5 °C ni por encima de 35 °C.
- En condiciones de deficiencia hídrica, regar antes del tratamiento.
- No aplicar en días calurosos y secos.
- Respetar los intervalos establecidos respecto a productos incompatibles.
Fulmit Óleo y azufre: incompatibilidad importante
Deben transcurrir al menos 40 días desde la aplicación de azufre antes de utilizar Fulmit Óleo.
Este intervalo figura expresamente entre las condiciones generales de uso del producto.
Temperatura de aplicación
Fulmit Óleo debe utilizarse únicamente dentro del intervalo:
5–35 °C.
No debe aplicarse en días especialmente calurosos y secos.
No tratar plantas con déficit hídrico
Cuando exista deficiencia hídrica, el registro establece que debe regarse antes de realizar el tratamiento.
La planta debe encontrarse en un estado hídrico adecuado antes de aplicar el producto.
Número de aplicaciones
En numerosos usos se autorizan:
De 1 a 4 aplicaciones por campaña.
Con un intervalo habitual de:
15 días.
Debe comprobarse siempre la combinación concreta de cultivo y plaga.
Plazo de seguridad
En los cultivos incluidos en la autorización:
No procede establecer plazo de seguridad.
Esto incluye almendro, avellano, caqui, cítricos, frutales de hueso, frutales de pepita, granado, kumquat, nogal y pistachero.
Ventajas de Fulmit Óleo
- Aceite de parafina al 79 %.
- Amplio registro en cultivos leñosos.
- Aplicaciones de invierno y verano.
- Autorizado frente a ácaros.
- Autorizado frente a pulgones.
- Autorizado frente a cochinillas.
- Autorizado frente a cochinillas harinosas.
- Usos frente a trips y Scirtothrips.
- Usos frente a mosca blanca.
- Uso secundario frente a Ceratitis capitata.
- Uso secundario frente a Drosophila suzukii.
- Uso frente a Trioza erytreae.
- Uso frente a Philaenus spumarius.
- Sin plazo de seguridad en los cultivos autorizados.
Preguntas frecuentes sobre Fulmit Óleo
¿Qué es Fulmit Óleo?
Fulmit Óleo L.E. es un producto fitosanitario profesional formulado con aceite de parafina al 79 %.
¿Fulmit Óleo sirve contra cochinillas?
Sí. El registro contempla usos frente a Coccidae y cochinillas harinosas Pseudococcidae.
¿Fulmit Óleo sirve contra ácaros?
Sí. Está autorizado frente a ácaros en distintos cultivos.
¿Sirve contra pulgones?
Sí. Dispone de usos frente a áfidos y pulgones.
¿Sirve contra Scirtothrips?
Sí. El registro incluye Scirtothrips spp. como uso secundario en determinados cultivos.
¿Sirve contra mosca blanca?
Existen usos secundarios frente a moscas blancas de la familia Aleyrodidae.
¿Sirve contra Ceratitis capitata?
Sí. Existe un uso secundario autorizado frente a la mosca mediterránea de la fruta.
¿Sirve contra Drosophila suzukii?
Sí. Está contemplada como uso secundario en frutales de hueso.
¿Sirve contra Psila africana?
Sí. El registro contempla un uso secundario frente a Trioza erytreae.
¿Cuál es la dosis de Fulmit Óleo?
En numerosos usos, las dosis autorizadas son de 1–1,5 L/100 L en invierno y 1,5–2 L/100 L en verano. Existen usos específicos con dosis diferentes.
¿Cuánto Fulmit Óleo pongo en 15 litros de agua?
A una concentración del 1–1,5 % corresponden 150–225 ml para 15 litros. A 1,5–2 % corresponden 225–300 ml para 15 litros.
¿Se puede utilizar después de azufre?
Deben transcurrir al menos 40 días desde un tratamiento con azufre antes de aplicar Fulmit Óleo.
¿Puede aplicarse con mucho calor?
No. La autorización limita su uso al intervalo de 5–35 °C y establece además que no debe aplicarse en días calurosos y secos.
¿Puede aplicarse durante la floración?
No. No debe tratarse durante la floración.
¿Tiene plazo de seguridad?
No procede establecer plazo de seguridad en los cultivos incluidos en su autorización.
¿Hace falta carnet para comprar Fulmit Óleo?
Sí. Fulmit Óleo es un producto fitosanitario de uso profesional.
Comprar Fulmit Óleo profesional
En Abonica puedes comprar Fulmit Óleo L.E. de Kenogard, aceite de parafina al 79 % para programas profesionales frente a cochinillas, ácaros, pulgones y otras plagas en cultivos autorizados.
Su amplio registro, la posibilidad de realizar tratamientos tanto de invierno como de verano y sus usos frente a cochinillas, ácaros, pulgones, Scirtothrips y otras plagas lo convierten en una herramienta especialmente versátil para cítricos y frutales.
Información importante
Producto fitosanitario de uso profesional.
No aplicar durante la floración, fuera del intervalo de 5–35 °C ni antes de que hayan transcurrido 40 días desde un tratamiento con azufre.
No entrar al cultivo hasta que el producto esté completamente seco.
Utilice los productos fitosanitarios de forma segura. Lea siempre la etiqueta y la información sobre el producto antes de usarlo.
- Composición
- Aceite parafínico 79%
- Estado
- Emulsión concentrada
- Autorizado en agricultura ecológica
- Sí
- Autorizado en zonas afectadas por la ley 3/2020 de protección del Mar menor
- Sí
- Plagas
- Ácaros, pulgones, cochinillas, cotonet, avispilla del almendro, Philaenus spumarius, trips, Scirtothrips, mosca de la fruta, Ceratitis, psila, Trioza erytreae, mosca del vinagre,
- Cultivos
- Almendro, Avellano, Caqui, Cítricos, Frutales de hueso, Frutales de pepita, Granado, Kumquat, Nogal, Pistachero
- Dosis aplicación foliar
- De 10 a 40 L/Ha
- Nº de registro
- 11807
- Plazo de seguridad
- No procede
- Acción del producto
- Acaricida
Insecticida
Condiciones de adquisición y suministro de fitosanitarios de uso profesional
1. Identificación de la entidad suministradora
La entidad suministradora y facturadora es Abonica EAR, con CIF E26966002, domicilio en calle jardín nueva espuña 9C de Alhama de Murcia, España.
Los datos completos de identificación, establecimiento y contacto se encuentran disponibles en el Aviso legal de esta web.
Estas condiciones regulan los requisitos específicos aplicables a la habilitación del cliente, la adquisición, la recepción y el suministro de productos fitosanitarios de uso profesional. Se complementan con las condiciones generales que correspondan a cada operación y no sustituyen las disposiciones legales obligatorias.
2. Destinatarios y alcance de la habilitación
Los productos identificados como de uso profesional están sujetos a requisitos específicos de capacitación y suministro.
Abonica diferencia la actuación del usuario profesional, la empresa de tratamientos y el operador del sector suministrador. La inscripción en una de estas actividades no acredita automáticamente la habilitación para las demás.
Cuando el destinatario sea una empresa o explotación, se identificarán separadamente la entidad para la que se realiza la operación y la persona habilitada que interviene en su nombre.
La condición de cliente profesional en la tienda no sustituye la comprobación de la actividad, la capacitación o la representación necesarias para una operación concreta.
3. Validación inicial mediante tecnología propia
El acceso a la adquisición de productos profesionales permanece bloqueado para las cuentas que no hayan superado el procedimiento de validación.
Abonica ha desarrollado una herramienta propia que consulta la información oficial disponible y contrasta la correspondencia entre los datos identificativos facilitados, la titularidad del carné, el nivel de capacitación y su fecha de caducidad.
Cuando la comprobación resulta favorable, se habilita individualmente la cuenta del cliente.
Esta habilitación está vinculada a la persona comprobada y a los datos incorporados a su expediente. No constituye una homologación administrativa de la cuenta ni una autorización para adquirir cualquier producto o realizar cualquier tratamiento.
La consulta informática no sustituye la comprobación de la identidad de quien actúa. Cuando existan discrepancias, indicios de suplantación o dudas justificadas, Abonica podrá solicitar documentación o realizar verificaciones adicionales proporcionadas a la incidencia.
4. Actualización de las comprobaciones y bloqueo de la cuenta
Antes de cada nuevo suministro se actualizará la comprobación de la habilitación exigible. Se conservará constancia de la fecha, el resultado y, cuando proceda, de la revisión efectuada.
La caducidad del carné determinará el bloqueo automático de la cuenta para nuevas adquisiciones profesionales. También podrá suspenderse su habilitación cuando se detecten cambios de situación, discrepancias de identidad, falta de representación u otras circunstancias que impidan acreditar los requisitos necesarios.
Una consulta incompleta o un fallo técnico no se considerarán, por sí solos, prueba definitiva de falta de habilitación. En esos casos, la operación quedará pendiente de revisión y no se liberará el suministro mientras no pueda completarse la comprobación.
El cliente podrá solicitar la revisión del resultado y aportar documentación actualizada mediante los canales de atención de Abonica.
Los controles se realizarán aprovechando la información válida ya incorporada al expediente, evitando solicitar nuevamente documentos que sigan siendo suficientes. Solo se requerirá intervención adicional del cliente cuando resulte necesaria para completar o actualizar la verificación.
5. Modalidad de contratación y alcance de las herramientas digitales
La utilización de herramientas digitales para identificar al cliente, gestionar documentación o tramitar operaciones no modifica las modalidades de contratación permitidas por la normativa.
El artículo 14 del Real Decreto 285/2021 limita la venta a distancia a los productos de uso no profesional. Su artículo 3 excluye de esa definición las ventas entre suministradores. La inscripción en el ROPO y la validación del carné no crean una excepción adicional para las ventas a usuarios finales o empresas de tratamientos.
La modalidad aplicable deberá corresponderse con la condición real de las partes y con la forma efectiva de celebración de la operación.
La habilitación de una cuenta, el registro de un pedido o la recepción de un importe no dispensan del cumplimiento de los requisitos legales de contratación y suministro.
6. Comprobaciones de la operación e incidencias
Antes de liberar el suministro, Abonica comprobará los requisitos relativos al destinatario, la persona interviniente, la capacitación, la representación y las condiciones particulares del producto.
Cuando una operación requiera documentación específica, aclaraciones sobre su destinatario o acreditación adicional, se informará al cliente de lo necesario para resolverla.
Si no fuera posible completar un requisito obligatorio o suministrar legalmente el producto, se comunicará la incidencia y se cancelará la parte afectada, con devolución de los importes correspondientes a los productos y servicios no prestados, sin imponer su sustitución por un saldo para futuras compras.
No se sustituirán productos, presentaciones o cantidades por otros diferentes sin conocimiento y aceptación del cliente.
La suspensión de una operación no implicará automáticamente la cancelación de otras adquisiciones que puedan ejecutarse de forma independiente y conforme a sus propias condiciones.
7. Titularidad de la cuenta y representación
El cliente debe facilitar información veraz y mantener actualizados sus datos identificativos y de contacto.
La cuenta no podrá emplearse para realizar adquisiciones por cuenta de terceros no identificados ni para atribuir a otra persona la capacitación de su titular.
Cuando se actúe en representación de una empresa o explotación, deberán identificarse la entidad representada y la persona que interviene, y acreditarse la representación necesaria.
Abonica podrá conservar en el expediente las autorizaciones válidas para operaciones posteriores, dentro de su alcance y vigencia. El representante deberá comunicar su revocación, modificación o pérdida de facultades antes de nuevas operaciones.
Los cambios de titular, representante o persona habilitada no se considerarán una simple modificación de dirección y podrán requerir una nueva comprobación.
8. Identificación y autorización del receptor
La persona que reciba los productos deberá estar identificada y reunir los requisitos exigibles. Cuando actúe por cuenta de una persona jurídica o del titular de una explotación, deberá acreditar su autorización para efectuar la recepción.
La dirección de recepción podrá ser distinta de la de facturación, siempre que se mantenga correctamente identificada la operación y se hayan comprobado los datos y facultades del receptor.
La designación de un tercero deberá comunicarse antes de la entrega. Una indicación genérica como «entregar a cualquier persona disponible» no sustituirá esa identificación.
La recepción se documentará mediante el justificante correspondiente. No se autorizará el depósito de productos profesionales en lugares sin vigilancia ni la entrega a personas diferentes de las comprobadas sin resolver previamente el cambio.
La intervención de un transportista no elimina los controles sobre el destinatario final ni convierte a cualquier persona presente en el domicilio en receptor autorizado.
9. Información técnica y atención profesional
En la venta estará disponible personal con la capacitación exigible para informar sobre utilización, riesgos, seguridad y recogida de envases.
Abonica combina esta atención con herramientas propias de verificación y gestión documental. El software apoya el control administrativo, pero no sustituye las funciones del personal técnico.
Cuando se solicite una recomendación individualizada, el cliente deberá facilitar información suficiente sobre el cultivo, el problema observado y las circunstancias relevantes. La recomendación se limitará a los datos disponibles y al alcance de la consulta.
La información de una ficha comercial no equivale, por sí sola, a un diagnóstico de la explotación, una visita técnica o un documento individualizado de asesoramiento en gestión integrada de plagas.
La adquisición del producto tampoco supone la contratación de su aplicación. Cualquier servicio específico de asesoramiento o tratamiento se identificará y documentará separadamente, indicando quién lo presta, su alcance y las funciones asumidas.
10. Autorización del producto y condiciones de utilización
La identificación del producto se realizará por su denominación y número de registro, junto con los demás datos necesarios para su trazabilidad.
El usuario deberá comprobar que el tratamiento previsto se corresponde con las condiciones legalmente autorizadas. La semejanza entre formulados, sustancias activas o nombres comerciales no permite trasladar automáticamente los usos de un producto a otro.
Deberán respetarse los cultivos, organismos objetivo, ámbitos, dosis, métodos, número e intervalo de aplicaciones, plazos de seguridad y medidas de protección aplicables.
La asistencia técnica y la información comercial no amplían esas autorizaciones. En caso de discrepancia, se aplicarán las condiciones legalmente vigentes y Abonica revisará la información afectada.
El cliente deberá detener la utilización prevista y consultar antes de aplicar cuando detecte una discrepancia relevante o no pueda confirmar que el uso es admisible. Las obligaciones relativas al empleo correcto del producto corresponden a quien realiza o dirige su utilización, sin excluir las responsabilidades propias del suministrador.
11. Cambios de autorización, retiradas y fechas límite
Las modificaciones, retiradas o restricciones de una autorización pueden afectar a la comercialización y a la utilización del producto de forma diferente. Los plazos y condiciones aplicables serán los establecidos en la resolución correspondiente; no se presumirá la existencia de un periodo general de gracia.
Cuando Abonica detecte un cambio que afecte a una operación pendiente, revisará su viabilidad antes del suministro.
Los campos informativos sobre fechas límite de venta o utilización deberán interpretarse conforme a la resolución aplicable. No permiten vender o usar el producto después de la fecha legalmente establecida.
Si una incidencia afecta a un producto ya suministrado, se atenderá a su naturaleza, a las instrucciones oficiales y a las obligaciones que correspondan a cada parte. Una retirada administrativa no se tratará mediante una exclusión automática y general de cualquier reclamación del cliente.
12. Condiciones territoriales y protección del Mar Menor
Cuando el producto vaya a utilizarse en el ámbito territorial de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, deberán observarse también las obligaciones y limitaciones aplicables a la parcela, la actividad y el tratamiento concreto.
Las menciones informativas de esta web relacionadas con el Mar Menor no constituyen una autorización individual del tratamiento ni una certificación de conformidad de la explotación.
Para una recomendación técnica que dependa de restricciones territoriales, el cliente deberá facilitar la localización y los datos relevantes de la superficie afectada.
Las referencias a agricultura ecológica, producción integrada u otros sistemas de producción tampoco sustituyen la comprobación de sus requisitos particulares.
13. Procedencia, conservación y gestión de residuos
Abonica se abastece mediante proveedores habilitados y canales legales de distribución para el mercado español. Por política de aprovisionamiento, no comercializa productos amparados por permisos de comercio paralelo.
El cliente deberá conservar el producto conforme a su etiquetado y a los requisitos aplicables a su actividad, manteniendo su identificación y evitando accesos o manipulaciones por personas no habilitadas.
Los envases vacíos, restos y productos que deban desecharse se entregarán mediante el sistema de recogida o gestor que corresponda. No deberán reutilizarse para otros fines ni eliminarse mediante vertidos o procedimientos incompatibles con su clasificación e instrucciones.
Abonica facilitará información sobre la gestión de envases y atenderá las consultas relacionadas con incidencias de conservación o identificación.
14. Trazabilidad y documentación de los suministros
Cada suministro se documentará de forma que permita relacionar a las partes intervinientes con el producto, número de registro, lote, cantidad y fecha de la operación.
La información exigible se incorporará a los registros correspondientes y se comunicará mediante RETO o el sistema administrativo que resulte aplicable. La comprobación de la habilitación del cliente y el registro de la transacción son actuaciones diferenciadas.
El expediente podrá incluir el resultado de las verificaciones, las autorizaciones de representación, los justificantes de recepción y las incidencias resueltas.
La documentación se conservará durante los plazos legalmente exigibles. Los registros de productos comercializados por suministradores están sujetos al plazo mínimo de cinco años establecido en el artículo 67 del Reglamento 1107/2009, sin perjuicio de otras obligaciones de conservación.
El cliente deberá comunicar los errores que advierta en la documentación para que puedan revisarse y, cuando corresponda, rectificarse.
15. Cancelaciones, devoluciones y reclamaciones
Las solicitudes de modificación o cancelación se tramitarán según el estado de la operación, sus condiciones particulares y los derechos legalmente aplicables.
La posesión de un carné profesional no determina, por sí sola, la condición de consumidor de una persona en todas sus compras. En las adquisiciones realizadas dentro de una actividad empresarial o profesional no se aplica el derecho de desistimiento previsto para consumidores, sin perjuicio de lo pactado y de los derechos derivados de un incumplimiento.
Los productos incorrectos, defectuosos, dañados o afectados por una incidencia deberán comunicarse a Abonica tan pronto como se detecte el problema. Se facilitarán instrucciones para su comprobación y, cuando proceda, recogida o devolución.
No deberán remitirse productos fitosanitarios por medios incompatibles con sus condiciones de transporte.
La petición de conservar fotografías, embalajes o justificantes tiene como finalidad facilitar la investigación de la incidencia y no supone una renuncia a los derechos que correspondan legalmente.
16. Obligaciones y responsabilidades de las partes
Abonica responderá de las obligaciones que le correspondan como suministradora y de las actuaciones que se encuentren efectivamente bajo su responsabilidad.
El cliente responderá de la veracidad de la información que facilite, de su representación y de las obligaciones que le correspondan en la recepción, custodia y utilización.
La intervención de un asesor, aplicador, representante o transportista no elimina las obligaciones propias de los demás intervinientes.
La información técnica no constituye una garantía incondicional de resultados agronómicos. Esta precisión no excluye la responsabilidad por información incorrecta, recomendaciones negligentes, defectos del producto u otros incumplimientos que resulten imputables a quien corresponda.
La aceptación de estas condiciones no supone una exoneración general de responsabilidad ni una renuncia a derechos irrenunciables. Cada parte responderá conforme a sus actuaciones y a la normativa aplicable.
17. Protección de datos y revisión de comprobaciones
Abonica EAR tratará los datos necesarios para gestionar la relación con el cliente, comprobar los requisitos de habilitación y representación, documentar los suministros y cumplir las obligaciones de trazabilidad.
Las bases jurídicas aplicables serán el cumplimiento de obligaciones legales y la gestión de la relación contractual o precontractual, según la finalidad de cada tratamiento. La información ampliada se encuentra en la Política de privacidad.
Se limitarán los datos y documentos solicitados a los necesarios para cada finalidad. El acceso a los expedientes estará restringido y su conservación se ajustará a los plazos y obligaciones correspondientes. La baja de una cuenta no implicará eliminar inmediatamente documentación cuya conservación sea obligatoria.
El sistema utiliza comprobaciones automatizadas sobre los datos identificativos y la habilitación profesional. El cliente podrá solicitar la revisión por una persona del equipo responsable, comunicar errores y aportar documentación actualizada. La revisión no permitirá dispensar requisitos legales, pero sí corregir datos o resolver incidencias.
Los derechos de protección de datos podrán ejercerse mediante los canales establecidos en la Política de privacidad, sin perjuicio del derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
18. Aceptación, versiones y actualización del procedimiento
Estas condiciones estarán disponibles para su consulta y conservación. La aceptación se vinculará a la cuenta o a la operación correspondiente, dejando constancia de la versión aplicable.
Abonica revisará sus herramientas y procedimientos para adaptarlos a los cambios técnicos, documentales y normativos que afecten a la actividad.
Las modificaciones contractuales no se aplicarán retroactivamente en perjuicio del cliente. Lo anterior no impedirá aplicar las disposiciones obligatorias o decisiones administrativas que afecten a un suministro o utilización.
La actualización tecnológica tiene por finalidad mejorar la comprobación y la trazabilidad, sin sustituir las decisiones de las autoridades competentes ni las funciones del personal habilitado.
Normativa y fuentes oficiales de referencia
Estas condiciones se interpretarán conforme a la normativa aplicable, especialmente la Ley 43/2002, de Sanidad Vegetal; el Real Decreto 1311/2012; el Real Decreto 285/2021; el Reglamento 1107/2009; y, en su ámbito territorial, la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor.
Para comprobar productos y operadores deberán consultarse el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y el ROPO del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La información de consulta debe interpretarse junto con las resoluciones administrativas aplicables; la base de productos advierte expresamente de su actualización periódica.
Consultas técnicas sobre este producto
Dosis, mezclas, compatibilidades, cultivos, momento de aplicación y precauciones.
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